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1. Recibir un trato respetuoso y cordial por parte de los
miembros de la Comunidad Educativa.
2. Conocer las funciones y competencias de su cargo y a ser
exigidos
únicamente sobre ellas.
3.Ser evaluados en su desempeño de manera oportuna, justa y
equitativa de acuerdo a las disposiciones vigentes en la
materia.
4. A desempeñarse en un ambiente de armonía, respeto y
solidaridad. 5.Participar de los servicios y actividades del
bienestar social que se desarrollan en la Institución.
6. Participar en la evaluación institucional y en la elaboración del
presente
Manual, conociendo, aceptando y cumpliendo todas las normas
establecidas en el manual de funciones según su cargo y normas
vigentes.
ARTICULO 33. DEBERES:
1. Conocer, acatar e inexcusablemente respetar el debido
proceso y la ruta de atención que se debe aplicar a los
educandos. En primer lugar y especialmente conocer de las
actas de debido proceso, acatando lo pertinente a la Ley 1098
de 2006, ley 1146 de 2007, articulo 25 del Código Penal, ley
1335 de 2009, decreto 860 de 2010, y demás normativa
aplicable a los menores de edad.
2. Ser puntuales en la llegada a la Institución y cumplir con la
jornada laboral establecida y cumplir con el horario asignado
por el Rectora, de acuerdo con las necesidades de la
Institución.
3. Brindar buen trato de palabra y de obra tanto a directivos,
docentes y padres de familia, como a estudiantes y a personas
Inteligencias Múltiples