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MP_GER_01 1.0
GERENCIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Fecha: 25/11/2020
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PG_GDE_01 PROCESO DE ADAPTACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
1. OBJETO Y ALCANCE
explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
Objeto: Desarrolla el proceso relativo a la adaptación y reconocimiento de créditos en las enseñanzas
universitarias oficiales de grado y máster. Por ser un trámite análogo en la valoración y
resolución de solicitudes, será también de aplicación para el supuesto de convalidación parcial
de estudios extranjeros de educación superior.
Alcance:
Estudiantes matriculados en los estudios oficiales de grado y máster del Centro.
Estudiantes que solicitan la admisión por continuación de estudios procedentes de estudios
universitarios españoles o extranjeros.
Administración del Centro.
Comisión Académica del Centro.
Decano o Decana del Centro.
Rector o Rectora.
2. DEFINICIONES
Adaptación de créditos: La adaptación de créditos implica la aceptación por la Universidad
Autónoma de Madrid de los créditos correspondientes a estudios previos al Real Decreto
1393/2007, realizados en la UAM o en otras universidades.
Reconocimiento de créditos: El reconocimiento de créditos ECTS implica la aceptación por la
Universidad Autónoma de Madrid de los créditos ECTS que, habiendo sido obtenidos en unas
enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras enseñanzas
distintas a efectos de la obtención de un título oficial. También podrán ser objeto de
reconocimiento los créditos superados en enseñanzas superiores oficiales y en enseñanzas
universitarias no oficiales. Asimismo, podrán reconocerse créditos por experiencia laboral o
profesional acreditada, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias
inherentes al título que se pretende obtener.
Reconocimiento de créditos por actividades universitarias culturales, deportivas, de
representación estudiantil, solidarias y de cooperación para estudios de grado. Se podrán
obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en este tipo de actividades.
El plan de estudios deberá contemplar la posibilidad de que los estudiantes obtengan un
reconocimiento de al menos 6 créditos sobre el total de dicho plan de estudios.
Reconocimiento de créditos por acreditación profesional. Se podrá reconocer en créditos la
experiencia laboral y profesional acreditada a efectos de la obtención de un título oficial,
siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.
El reconocimiento por acreditación profesional recogerá la actividad profesional y laboral
realizada y documentada por el interesado anterior o coetánea a sus estudios de grado fuera
del ámbito universitario o, al menos, externo a las actividades diseñadas en el plan de estudios
en lo relativo a las prácticas.
Convalidación parcial de estudios extranjeros de educación superior. Permitirá reconocer de
forma oficial, a efectos académicos, la validez de estudios superiores realizados en el
extranjero, hayan finalizado o no con la obtención de un título, respecto de estudios
universitarios españoles que permitan proseguir dichos estudios en una universidad española.
GERENCIA – AREA DE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL