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                  GERENCIA       MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS              Fecha: 25/11/2020
       AVISO: Este documento es propiedad del Área de Calidad y Responsabilidad Social (ACRS) de la Universidad Autónoma de Madrid. Queda prohibida su difusión total o parcial sin una autorización
                                                                                         Página 151 de 310


                      objeto de la solicitud, será el criterio que determinará una resolución favorable a la petición
                      de cambio de plan de estudios.
                     Resolución y comunicación de la solicitud: Fase del procedimiento por la que el Decano o
         explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
                      Decana resuelve las solicitudes de cambio de plan de estudios, todo ello con arreglo a los
                      criterios de valoración establecidos en la propuesta resolución expedida por la Administración.
                      La resolución hará constar la relación de estudiantes a los que se les estimará o desestimará
                      su  petición.  El  acto  de  comunicación  de  la  resolución  al  estudiante  se  realizará  mediante
                      publicación en el tablón electrónico y, en caso de ser desestimada, la resolución deberá estar
                      debidamente motivada.
                     Recurso  administrativo  frente  a  la  resolución  desestimatoria  de  solicitud:  Fase  del
                      procedimiento por la que el estudiante, en vía administrativa, podrá ejercer su derecho a
                      interponer un recurso de alzada ante el Rector o Rectora frente a la resolución desestimatoria
                      de su solicitud.


              3   DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

                  Normativa.
                     Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
                      Públicas.
                     Documento “Criterios de valoración solicitudes de cambio de plan de estudios”. Será el marco
                      normativo regulador de los criterios de valoración establecidos por el Centro.
                 Documentación.
                    Solicitud CPG-Cambio de plan de estudios de grado.
                    Documentos que, potestativamente, se podrán acompañar a la solicitud.
                    Documento “Criterios de valoración de solicitudes de cambio de plan de estudios”.
                    Resolución del Decano o Decana en la que se expondrá la relación de estudiantes cuya solicitud
                      de  cambio  de  plan  de  estudios  haya  sido  estimada  o  desestimada.  La  resolución  será
                      comunicada a los estudiantes mediante publicación en el tablón electrónico.
                    Recurso administrativo de alzada ante el Rector o Rectora frente a la resolución desestimatoria
                      de la solicitud de cambio de plan de estudios.
                    Calendario de Trámites Administrativos de la Facultad de Derecho.
                    Guía informativa del curso y estudios.

              4   DESARROLLO
                  Presentación de solicitudes por parte de los estudiantes.

              El Calendario de Trámites Administrativos del Centro fijará el plazo de presentación y resolución de
              solicitudes

              La solicitud normalizada para este trámite podrá descargarse vía on line u obtenerse físicamente a través
              de la Administración del Centro.

              La  solicitud,  junto  con  la  documentación  que  pudiera  ser  aportada  por  el  estudiante,  deberá  ser
              formalmente presentada y registrada conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, 1
              de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.





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