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                  GERENCIA       MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS              Fecha: 25/11/2020
       AVISO: Este documento es propiedad del Área de Calidad y Responsabilidad Social (ACRS) de la Universidad Autónoma de Madrid. Queda prohibida su difusión total o parcial sin una autorización
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                        -Estar desarrollando una actividad de carácter laboral que, formalizada mediante contrato y
                        alta en la Seguridad Social, interfiera académicamente con el horario asociado al turno de
                        matrícula asignado. La comisión de valoración precisará la duración de los contratos que
         explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
                        permitan la aplicación de este criterio.
                        -Padecer  enfermedad  o  tratamiento  médico  que,  debidamente  acreditado  mediante
                        documento oficial, suponga un menoscabo en el rendimiento del estudiante y/o interfiera
                        con el horario asociado al turno de matrícula asignado.

                        -Por  razón  del  domicilio  habitual  del  estudiante  cuando  se  pueda  acreditar  una
                        incompatibilidad de horarios entre el turno de matrícula asignado y el medio de transporte
                        utilizado en su desplazamiento al centro de estudios.
                        -Simultaneidad de los estudios matriculados en la Facultad de Derecho con otros estudios
                        cursados en otros centros oficiales.
                        -Tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento.

                        -Otras  situaciones  de  valoración objetiva  a  tener en  cuenta  por  parte  de  la  comisión  de
                        valoración.


                   Tras el estudio y valoración de las solicitudes presentadas, la Comisión elaborará una propuesta
                     de resolución en la que se expondrá la relación de estudiantes cuya solicitud de cambio de turno
                     se propone que sea estimada o desestimada. La propuesta se elevará a definitiva mediante
                     resolución firmada por el Decano o Decana del Centro y será comunicada a los estudiantes
                     mediante su publicación en el tablón electrónico. En caso de ser desestimada la solicitud, la
                     resolución deberá estar debidamente motivada.

              4.4   Resolución de solicitudes dictada por el Decano o Decana del Centro.

               Del sentido de la resolución dictada por el Decano o Decana, se derivarán los siguientes efectos en el
               procedimiento:
                   Si la resolución es favorable, la Administración procederá a formalizar la matrícula de acuerdo
                     con el turno indicado en la solicitud presentada por el estudiante.
                   Si la resolución es desfavorable, se denegará motivadamente la solicitud de cambio de turno y,
                     contra dicha resolución, el estudiante podrá interponer, en vía administrativa, un recurso de
                     alzada ante el Rector o Rectora. En esta fase del procedimiento, el estudiante podrá ejercer su
                     derecho a solicitar la anulación de matrícula.


               Si se interpone recurso de alzada, se derivarán los siguientes efectos en el procedimiento:

                   Resolución estimatoria. Se estimarán las pretensiones del estudiante respecto a su petición de
                     cambio de turno.
                   Resolución  desestimatoria.  Se  desestimarán,  de  forma  motivada,  las  pretensiones  del
                     estudiante  en  su  petición de  cambiar  el turno  y, contra  dicha  resolución,  podrá  interponer
                     recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso extraordinario de revisión. En esta
                     fase  del  procedimiento,  el  estudiante  podrá  ejercer  su  derecho  a  solicitar  la  anulación  de
                     matrícula.

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