Page 148 - ML_GER_01_Manual de procedimientos Administrativos v1.0
P. 148

Código    Versión
                                                                                        MP_GER_01     1.0
                  GERENCIA       MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS              Fecha: 25/11/2020
       AVISO: Este documento es propiedad del Área de Calidad y Responsabilidad Social (ACRS) de la Universidad Autónoma de Madrid. Queda prohibida su difusión total o parcial sin una autorización
                                                                                         Página 148 de 310


                   Guía informativa del curso y estudios.

              4   DESARROLLO
         explícita de la Gerencia. NOTA: El presente documento se distribuye como copia no controlada. La edición en vigor debe consultarse a través del gestor documental del ACRS.
              4.1   Presentación de solicitudes por parte de los estudiantes.

               El Calendario de Trámites Administrativos del Centro fija el plazo de presentación y resolución de
               solicitudes de cambio de turno.

               La solicitud normalizada para este trámite puede descargarse vía on line u obtenerse físicamente a
               través de la Administración del Centro.

               La  solicitud,  junto  con  la  documentación  que  pudiera  ser  aportada  por  el  estudiante,  debe  ser
               formalmente presentada y registrada conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
               1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
              4.2   Admisión a trámite de solicitudes por parte de la Administración.

               Respecto al cumplimiento de los requisitos necesarios para la admisión a trámite de las solicitudes, se
               podrán contemplar los siguientes estados del procedimiento:
                    Si  se  cumplen  los  requisitos  de  admisión  a  trámite de  la  solicitud. Tras comprobarse  en el
                     trámite de presentación de la solicitud que la misma se formaliza debidamente en tiempo y
                     forma (requerimiento de datos a cumplimentar en la instancia y/o documentos que se puedan
                     aportar para su valoración). En este supuesto, la solicitud se someterá a la valoración de la
                     comisión creada al efecto conforme a los criterios recogidos en las Normas sobre Ordenación
                     Académica de los Estudios de Grado de la Facultad de Derecho.

                   Si no se cumplen los requisitos de admisión a trámite de la solicitud. Si no se cumple con los
                     requerimientos de tiempo y forma (requerimiento de datos a cumplimentar en la instancia y/o
                     documentos que se puedan aportar para su valoración). En este supuesto, la solicitud no es
                     admitida a trámite para su valoración por la comisión creada al efecto.
                   En  el  caso  de  que  la  admisión  a  trámite  pueda  ser  susceptible  de  subsanación,  se  instará
                     formalmente al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o incorpore los
                     documentos preceptivos en su caso, con indicación de que, si así no se hiciera, se tendrá por
                     desistida  su  petición.  Ante  este  supuesto,  la  admisión  a  trámite  de  la  solicitud  estará
                     condicionada a su subsanación.
              4.3   Valoración de solicitudes por parte de la comisión creada al efecto.

                   Admitida a trámite la solicitud, se iniciará la fase de valoración por la comisión conforme a los
                     criterios establecidos en las normas referidas en el punto anterior. Dichos criterios serán los que
                     determinarán  el  sentido  de  la  resolución,  en  el  caso  en  que  se  produzca  un  proceso  de
                     concurrencia competitiva debido al número solicitudes presentadas en relación con los límites
                     de capacidad de los grupos ofertados por el Centro. Si no tiene lugar tal proceso de concurrencia,
                     todas las solicitudes serán resueltas en sentido favorable.

                     Según lo establecido en las Normas sobre Ordenación Académica de los Estudios de Grado de la
                     Facultad de Derecho, los criterios que serán objeto de valoración para resolver las solicitudes de
                     cambio de turno serán los siguientes:





                                 GERENCIA – AREA DE CALIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL
   143   144   145   146   147   148   149   150   151   152   153