Page 81 - Guía para la Determinación Clínica Forence del Estado de Embriaguez Aguda
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Guía
                            Guía      “para la determinación clínica forense del estado de embriaguez aguda”
                                                                                                                                                                                  81


                      » Reportar  los  antecedentes  médi-    7.4.4.8.  En casos de valoración de niños,
                      cos, farmacológicos y toxicológicos               niñas o adolescentes en con  icto
                      que pueden di  cultar el diagnóstico              con la Ley, en que se solicite un
                      de embriaguez y/o su etiología; son               informe pericial de embriaguez (al-
                      especialmente importantes los ante-               gunos defensores de familia solici-
                      cedentes positivos de uso de medi-                tan valoración toxicológica), como
                      camentos y la dosis terapéutica, así              parte del proceso de protección
                      como los antecedentes de consumo                  y/o restitución de derechos, debe
                      de tóxicos por lo menos en la última              tomarse  muestra  de orina  para
                      semana.                                           que mediante una prueba rápida
                                                                        de  tamizaje para  sustancias  psi-
                      » Cuando se recolecte orina para es-              coactivas, se evalúe el consumo
                      tudio, en la solicitud es importante              reciente de éstas, cuyo resultado
                      consignar, en lo posible, si la muestra           podrá ser incluido en el informe
                      corresponde a la primera micción del              pericial, con el   n de garantizar
                      examinado después de los hechos.                  el acceso a servicios de salud
                                                                        para la atención, prevención y/o
                                                                        deshabituación del consumo de
               7.4.4.7.    En  todos  los  casos  se  registrará        sustancias psicoactivas.  Deberá
                         en los apartes correspondientes                dejarse registro fotográ  co de los
                         del informe pericial lo relativo a los         resultados. Dado que se trata de
                         procedimientos paraclínicos efec-              un procedimiento como parte de
                         tuados (determinación de alcoho-               las  medidas de  protección,  no
                         lemia indirecta mediante alcoho-               será necesaria la con  rmación de
                         sensor, realización de prueba de               los resultados en caso de ser éste
                         tamizaje para sustancias psicoac-              positivo.
                         tivas en orina y/o recolección de
                         muestras para análisis de labora-    7.5. ACTIVIDAD No.  5 - ENVÍO  DEL INFORME
                         torio). Ver “Protocolo para el Infor-    PERICIAL Y ARCHIVO
                         me Pericial sobre Determinación
                         Clínica del Estado de Embriaguez  7.5.1. Objetivo
                         Aguda” (anexo B).
                                                                     Garantizar el envío seguro y oportuno
                         Cuando se trate de un servicio              del informe pericial al (a la) solicitante
                         de salud, se registrará en la res-          (funcionario judicial o administrativo
                         pectiva historia clínica o epicrisis        competente)  y asegurar  el  archivo
                         la recolección de las muestras              e  ciente de su copia con sus anexos,
                         biológicas o cualquier otro tipo de         para facilitar su consulta por personal
                         evidencia física, así como los re-          autorizado cuando se requiera, así
                         sultados que arrojaron los análisis         como su integridad, conservación,
                         realizados .                                preservación y reserva.
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               162 Fiscalía General de la Nación “7-11 FGN-CC-MEMPPIPS; Manejo de los ele-
                 mentos materia de prueba o evidencias provenientes de entidades prestadoras   Sistema de Cadena de Custodia para el Sistema Penal Acusatorio (resoluciones
                 de servicios de salud públicas o privadas” En: Manual de procedimientos del   0-6394 de 2004 y 0.2770 de 2005 de la Fiscalía General de la Nación).

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