Page 81 - Guía para la Determinación Clínica Forence del Estado de Embriaguez Aguda
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Guía
Guía “para la determinación clínica forense del estado de embriaguez aguda”
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» Reportar los antecedentes médi- 7.4.4.8. En casos de valoración de niños,
cos, farmacológicos y toxicológicos niñas o adolescentes en con icto
que pueden di cultar el diagnóstico con la Ley, en que se solicite un
de embriaguez y/o su etiología; son informe pericial de embriaguez (al-
especialmente importantes los ante- gunos defensores de familia solici-
cedentes positivos de uso de medi- tan valoración toxicológica), como
camentos y la dosis terapéutica, así parte del proceso de protección
como los antecedentes de consumo y/o restitución de derechos, debe
de tóxicos por lo menos en la última tomarse muestra de orina para
semana. que mediante una prueba rápida
de tamizaje para sustancias psi-
» Cuando se recolecte orina para es- coactivas, se evalúe el consumo
tudio, en la solicitud es importante reciente de éstas, cuyo resultado
consignar, en lo posible, si la muestra podrá ser incluido en el informe
corresponde a la primera micción del pericial, con el n de garantizar
examinado después de los hechos. el acceso a servicios de salud
para la atención, prevención y/o
deshabituación del consumo de
7.4.4.7. En todos los casos se registrará sustancias psicoactivas. Deberá
en los apartes correspondientes dejarse registro fotográ co de los
del informe pericial lo relativo a los resultados. Dado que se trata de
procedimientos paraclínicos efec- un procedimiento como parte de
tuados (determinación de alcoho- las medidas de protección, no
lemia indirecta mediante alcoho- será necesaria la con rmación de
sensor, realización de prueba de los resultados en caso de ser éste
tamizaje para sustancias psicoac- positivo.
tivas en orina y/o recolección de
muestras para análisis de labora- 7.5. ACTIVIDAD No. 5 - ENVÍO DEL INFORME
torio). Ver “Protocolo para el Infor- PERICIAL Y ARCHIVO
me Pericial sobre Determinación
Clínica del Estado de Embriaguez 7.5.1. Objetivo
Aguda” (anexo B).
Garantizar el envío seguro y oportuno
Cuando se trate de un servicio del informe pericial al (a la) solicitante
de salud, se registrará en la res- (funcionario judicial o administrativo
pectiva historia clínica o epicrisis competente) y asegurar el archivo
la recolección de las muestras e ciente de su copia con sus anexos,
biológicas o cualquier otro tipo de para facilitar su consulta por personal
evidencia física, así como los re- autorizado cuando se requiera, así
sultados que arrojaron los análisis como su integridad, conservación,
realizados . preservación y reserva.
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162 Fiscalía General de la Nación “7-11 FGN-CC-MEMPPIPS; Manejo de los ele-
mentos materia de prueba o evidencias provenientes de entidades prestadoras Sistema de Cadena de Custodia para el Sistema Penal Acusatorio (resoluciones
de servicios de salud públicas o privadas” En: Manual de procedimientos del 0-6394 de 2004 y 0.2770 de 2005 de la Fiscalía General de la Nación).
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