Page 79 - Guía para la Determinación Clínica Forence del Estado de Embriaguez Aguda
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Guía
                            Guía      “para la determinación clínica forense del estado de embriaguez aguda”
                                                                                                                                                                                  79


                      –  Retirar el capuchón protector del           »  Embalaje, almacenamiento y transporte
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                      –  Entregar  la  prueba  a  la  persona        Las  evidencias  biológicas  obteni-
                         examinada.                                  das  (muestras  de  orina  o  sangre)
                      –  Indicarle a la persona examina-             deberán ser remitidas dentro del
                         da que mueva el recolector hacia            menor tiempo posible al laboratorio
                         adelante y sobre los carrillos hasta        de toxicología forense bajo cadena
                         que lo indique la prueba.                   de custodia y cumpliendo las es-
                      –  Introducir la prueba en el analiza-         peci  caciones de almacenamiento
                         dor y esperar el resultado.                 y transporte señaladas a continua-
                                                                     ción. Si las muestras son recolecta-
                      » Rotular individualmente cada uno de          das en un servicio de salud, deben
                      los tubos y/o frascos que contienen            ser entregadas bajo cadena de cus-
                      las muestras obtenidas, incluyendo             todia a la policía judicial o a la pri-
                      como mínimo la siguiente informa-              mera autoridad del lugar que haya
                      ción:                                          conocido del caso   157, 158 , teniendo
                                                                     en cuenta las mismas condicio-
                      –  Número de radicación del caso               nes de embalaje, almacenamiento
                         (o número de historia clínica, si se        y transporte, adjuntando copia del
                         trata de un servicio de salud155).          informe pericial (en caso de que no
                      – Nombre de la persona a la que                haya sido registrado en el sistema
                         pertenece la muestra.                       de información de Clínica Forense
                      –  Fecha y hora de la recolección.             –SICLICO–)  y  la interconsulta  al  la-
                      –  Iniciales de la persona responsa-           boratorio.
                         ble de la recolección.
                                                                     –  Mantener todo el material de ori-
                      Si la rotulación es manual, se debe               gen biológico en refrigeración (en-
                     usar un marcador indeleble que resis-              tre 2 ºC y 8 °C) mientras se hace
                     ta las condiciones de almacenamien-                la remisión o entrega.
                     to (humedad alta). Si se cuenta con
                     un sistema de información que per-              –  Para el envío al laboratorio, los tu-
                     mita la generación automática de ró-               bos y frascos que contienen las
                     tulos, debe con  gurarse para que se               muestras recolectadas deben em-
                     consigne esta información ; lo mis-                balarse en un segundo recipiente
                                                156
                     mo debe hacerse cuando se utilicen                 (puede ser bolsa plástica, caja de
                     rótulos preimpresos.                               cartón, de icopor u otros) para pro-
                                                                        teger a los recipientes primarios de
                                                                        eventuales accidentes.

               155 Fiscalía General de la Nación “7-11 FGN-CC-MEMPPIPS; “Manejo de los ele-
                 mentos materia de prueba o evidencias provenientes de entidades prestadoras
                 de servicios de salud públicas o privadas”. En: Manual de procedimientos del   157 Artículo 255 de la Ley 906 de 2004 (C. P. P.).
                 Sistema de Cadena de Custodia para el Sistema Penal Acusatorio (resoluciones   158 Fiscalía General de la Nación “7-11 FGN-CC-MEMPPIPS; “Manejo de los ele-
                 0-6394 de 2004 y 0-2770 de 2005 de la Fiscalía General de la Nación).   mentos materia de prueba o evidencias provenientes de entidades prestadoras
               156 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Resolución 00181   de servicios de salud públicas o privadas”. En: Manual de procedimientos del
                 del 2015. En: Guía para la medición indirecta de alcoholemia a través de aire   Sistema de Cadena de Custodia para el Sistema Penal Acusatorio (resoluciones
                 espirado.                                      0-6394 de 2004 y 0.2770 de 2005 de la Fiscalía General de la Nación).

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