Page 25 - LEY ORGNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA REPBLICA DE NICARAGUA
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Una vez aprobado por la Corte Suprema de Justicia, el proyecto definitivo será
remitido al Ministerio de Finanzas para ser incluido en el proyecto de Ley Anual de
Presupuesto de la República.
Artículo 85.- Responsable
El Presidente de la Corte Suprema de Justicia es responsable de la debida utilización
de la partida presupuestaria.
Artículo 86.- Modificación
La modificación de partidas presupuestarias se origina únicamente por solicitud de la
Corte Suprema de Justicia y se aprueban por la Asamblea Nacional.
Artículo 87.- Informe de ejecución presupuestaria
La Comisión de Administración del Poder Judicial supervisa la ejecución del
presupuesto, presenta el proyecto de resolución sobre su ejecución y lo remite para su
aprobación definitiva a la Corte Plena a más tardar en los primeros cuarenticinco días
dentro de un plazo de sesenta días una vez concluido el año fiscal respectivo.
Esta aprobación se realizará dentro de los mismos sesenta días después de finalizado
el año fiscal correspondiente, y se comunicará dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes, al Poder Ejecutivo, a la Contraloría General de la República y a la
Asamblea Nacional.
Título V.
Del desarrollo de la actividad jurisdiccional
Capítulo I.
Del tiempo en la actividad jurisdiccional
Artículo 88.- Duración del Año Jurisdiccional
La actividad jurisdiccional en el Poder Judicial comprende todo el año calendario. No
se interrumpe por vacaciones, licencia u otro impedimento de los Magistrados o
Jueces, ni de los auxiliares que intervienen en el proceso.
Para efecto de los términos judiciales, los días sábados y domingos se computarán
como un solo día.
Artículo 89.- Días y horas hábiles para las actuaciones
Las actuaciones judiciales se practican en días y horas hábiles, so pena de nulidad.
Son hábiles todos los días del año, salvo los domingos y los que por Ley vaquen los
Tribunales. Son horas hábiles las comprendidas entre las seis de la mañana y las siete
de la noche.
Los Jueces y Tribunales podrán habilitar los días inhábiles en los casos señalados por
las normas procesales.