Page 10 - Notas de Prensa
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Fragmento de la noticia:
En los primeros tres meses del presente año se han asegurado casi 800 mil productos falsos
o piratas, con un valor calculado en casi 3 millones de pesos, y multas impuestas por 18
millones 830 mil 260 pesos, informó el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Las multas se han impuesto 123 responsables por resolución del IMPI y oposición a las visitas
de inspección, lo que equivale a un valor aproximad de casi 19 millones de pesos, además de
que se han clausurado cuatro establecimientos comerciales por la venta de estos productos
apócrifos.
El director general del Instituto, Juan Lozano Tovar, que este año tomó posesión del cargo,
detalló que la mayoría de los productos decomisados son de higiene personal, belleza,
juguetes y prendas de vestir, calzado, tenis y accesorios. (Contraréplica, 2019)
La piratería desafortunadamente tiene una influencia en la aportación de la economía
mexicana, hecho por el cuál la relevancia de este tema es alta. Millones de mexicanos viven
de comercios informales donde un alto porcentaje procede de productos piratas al igual que
recaen en diversas infracciones de la venta.
La mayoría de las infracciones cometidas se pueden encontrar normalmente en centrales de
abastos o mercados grandes, aunque cabe recalcar que no se descarta a negocios formales
como participes de estas infracciones, siendo el lugar más común, el supermercado.
Dentro de estos negocios dónde fungen como el lugar principal de venta de productos piratas,
las infracciones más comunes cometidas son:
• XXVI: Usar la combinación de signos distintivos, elementos operativos y de imagen, que
permitan identificar productos o servicios iguales o similares en grado de confusión a otros
protegidos por esta ley que por su uso causen o induzcan al público a confusión, error o
engaño, por hacer creer o suponer la existencia de una relación entre el titular.
• IX.- Efectuar, en el ejercicio de actividades industriales mercantiles, actos que causen o
induzcan al público a confusión, error o engaño, por hacer creer o suponer infundadamente:
Que se fabriquen productos bajo especificaciones, licencias o autorización de un tercero.
• XVIII.- Usar una marca registrada, sin el consentimiento de su titular o sin la licencia
respectiva, en productos o servicios iguales o similares a los que la marca se aplique.
(Ley de la Propiedad Industrial, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 09 de abril del 2012)