Page 6 - Del control de la convencionalidad. Alumno Rigoberto Botello Herrera.
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Acción de inconstitucionalidad (art. 105  fracción II de la CPEUM)




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                Es el análisis abstracto de cualquier norma general que
                órganos legislativos minoritarios, partidos políticos y el                           constitución, esto mediante sentencia que declare la
                Procurador General de la Republica, solicitan a la suprema                           invalidez general de una norma que atenta en contra de la
                corte de Justicia de la Nación, sobre la base que hay una                            Carta magna.
                posible contradicción entre una norma general o tratado
                internacional y la CPEUM.                                                            Alegan la contradicción entre la ley impugnada y la ley
                                                                                                     fundamental o constitución.


                                                                                                     Es promovida por el Procurador General de la Republica,

                                                                                                     partidos políticos y el 33% de los legisladores que hayan
                                                                                                     emitido la norma.


                                                                                                     De forma general es una petición para que se analice la
                                                                                                     constitucionalidad de una norma por parte de la Suprema
                                                                                                     Corte de Justicia.















             DEL CONTROL DE LA CONVENCIONALIDAD.                                                          4
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