Page 9 - Del control de la convencionalidad. Alumno Rigoberto Botello Herrera.
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Facultad de investigación Juicios de revisión constitucional
de la Suprema Corte ( art. electoral y para la protección de los
97 segundo párrafo de la derechos político-electorales del
CPEUM). ciudadano (art. 99 párrafo cuarto
fracción V de la CPEUM).
Es una facultad gobernativa de
orden superior, mediante la cual Pretende salvaguardar los derechos político-electorales
se entiende como un instrumento reconocidos en la constitución ( votar, ser votado, la unión,
que fortalece la vigencia de las asociarse individual y libremente para tomar parte
normas que garantizan el respetó pacíficamente en asuntos políticos y a afiliarse a los
de las libertades y derechos partidos políticos).
individuales. Sin embargo no Dichos juicios son jurisdicción del Tribunal Electoral del
faculta al máximo tribunal a Poder Judicial de la Federación, para resolver de manera
decidir en base a dicha facultad, definitiva e inatacable sobre las impugnaciones y
mas bien, responde a que en violaciones de actos que ataquen dichos derechos.
situaciones graves se precisa del En estos juicios existen tres partes: el ciudadano y la
prestigio de dicha corte que de autoridad responsable, así como los órganos
prueba de la imparcialidad y jurisdiccionales donde se dirige dicha acción ( sala superior
utilidad para el país. o regionales del TEPJF.
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