Page 28 - Teoria general del proceso
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porque acción se puede entender como facultad o potestad de llevar ante el
órgano jurisdiccional una pretensión en base a la exigencia de un derecho
fundado que se da por propio, y que el órgano jurisdiccional deberá emitir fallo
a favor o en contra coactando a las partes al cumplimiento de dicha resolución.
Para que dicha acción pueda ser efectiva se deberá tomar en cuenta la
jurisdicción, la cual se puede entender como la facultad del órgano
jurisdiccional de decir sobre derecho, es decir mediante una ley (constitución)
se determina dicha facultad, tomando en cuenta el espacio al que se limita
(secular o terrenal). Existe también la jurisdicción voluntaria (no hay conflicto
entre dos partes, sino se busca que el órgano jurisdiccional examine, de fe o
certifique un acto. Por su lado en la jurisdicción contenciosa, hay una
controversia. Los tipos de jurisdicción a groso modo hacen referencia a la
capacidad de conocer sobre los asuntos atendiendo a factores como pueden
ser: si es un ámbito federal o local, si está dentro de un territorio delimitado.
Para poder entender afondo el proceso, debemos saber que la ley procesal es
la que regula los procedimientos dentro de la rama del derecho procesal. Los
cuales se utilizan para reclamar ante los órganos jurisdiccionales pretensiones
basadas en derecho material (civil, mercantil, penal, etc.), dicha ley tiene una
interpretación material, otra de espacio, es decir al lugar en el que es aplicable,
así como la interpretación temporal que implica la vigencia de la norma en el
tiempo.
Todo lo anterior refleja de manera clara la importancia de su conocimiento
para el desarrollo profesional del abogado, dado que será muchas veces el
primer contacto de los ciudadanos con el estado para hacer efectivos los
derechos que goza conforme al marco normativo del país, haciendo imperioso
que pueda aplicar de manera efectiva estos conocimientos para que el
ciudadano obtenga el objetivo deseado en la defensa de su derecho.