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✓ Elaboración y/o emisión de credencial de estudiante.
✓ Entrega de boletas.
✓ Gestión y/o entrega de certificados parciales.
✓ Entrega de certificados de egreso.
✓ Asignación de asesor de tesis.
✓ Entrega de diplomas.
✓ Gestión y/o entrega de títulos.
✓ Otorgamiento de justificantes por inasistencias
✓ En el caso de los alumnos de la modalidad de titulación por experiencia laboral, además
de permanecer al corriente con el pago de colegiaturas deberán cubrir el derecho a
examinación con un mínimo 30 días de antelación a la fecha de aplicación, salvo para los
estudiantes que hayan optado por pagos diferidos, en cuyo caso solo será exigible la
regularidad de pago de las parcialidades y la entrega de documentación quedará sujeta
a la liquidación total de su débito.
ARTÍCULO 23.- Para tener derecho a la presentación de exámenes y/o presentación de
proyectos, el alumno deberá estar al corriente con todos los pagos y obligaciones que señala el
presente ordenamiento, haciendo constar tal hecho exhibiendo su tarjeta de control de pagos
actualizada a los docentes de las materias, en toda ocasión que así lo amerite.
ARTÍCULO 24.- Se considerará alumno inscrito de nuevo ingreso y reinscrito, a aquel que
entregue, en las fechas establecidas anteriormente, sus documentos y solicitudes
debidamente requisitadas y que haya realizado los pagos necesarios según los Artículos 13 y
13 Bis, del presente reglamento.
ARTÍCULO 25.- Cuando el alumno realice algún pago, por cualquier concepto, a la universidad,
deberá entregar su recibo de depósito y a su vez podrá solicitar a la Subdirección
Administrativa, los recibos o facturas correspondientes, por concepto de pagos efectuados,
para aclaraciones posteriores.
ARTÍCULO 26.- Los pagos derivados por cualquier concepto deberán ser íntegros. No se
aceptarán parcialidades.
ARTÍCULO 27.- El incremento en pago de cuotas se hará del conocimiento de los interesados con
30 días de anticipación por parte de las autoridades de la universidad.
CICLO ESCOLAR 2023-2024 12