Page 17 - reglamento posgrado_MOD_04.09.18
P. 17
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO | 17
Artículo 34
Las asignaturas del periodo de investigación, de los Programas de Docto-
rado y Maestría, son de carácter tutorial y coordinadas por un responsable
de asignatura designado por la UPG. Participan como profesores tutores
los asesores de tesis, quienes preferentemente pertenecen a un Grupo
de Investigación. La evaluación del estudiante en las asignaturas de este
periodo la realizará el profesor tutor (asesor de tesis) y se basa en el cum-
plimiento de los objetivos académicos y productos entregables de la inves-
tigación, definidos en el proyecto de tesis y sílabo.
Artículo 35
En todos los semestres del periodo de investigación, en el currículo del
programa y en los sílabos respectivos, de los Programas de Doctorado y
Maestría, deben señalarse los entregables necesarios para la tesis, los
que a su vez constituyen requisito para la aprobación de las asignaturas.
El primer semestre de ese periodo corresponde al desarrollo y entrega del
proyecto de tesis. El último semestre del periodo de investigación debe
tener como producto entregable mínimo el informe de culminación de la
investigación necesaria para la redacción de la tesis.
Artículo 36
Los Programas de Doctorado y Maestría considerarán como asignaturas
electivas en su plan de estudios:
a) Asignaturas electivas propias del programa, durante el periodo de pro-
fundización.
b) Asignaturas que se cursan en otro Programa de Doctorado o de Maes-
tría (según corresponda) de la Universidad, tanto de la Facultad de origen
como de otra Facultad, durante el periodo de profundización y excepcional-
mente en el de investigación.
c) Asignaturas de un Programa de Doctorado o de Maestría (según corres-
ponda) de otra Universidad, tanto en el periodo de profundización como en
el de investigación.
Artículo 37
En cada Programa de Doctorado y Maestría, la UPG regulará la autori-
zación y el reconocimiento de las asignaturas externas al programa que
como asignaturas electivas pueden cursar sus estudiantes, incluidas las
estancias o pasantías en instituciones académicas externas, elaborando
también las tablas de equivalencia que sean necesarias. El reconocimien-