Page 20 - reglamento posgrado_MOD_04.09.18
P. 20

20   | REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO
          el Registro de Tesis de Posgrado, hasta que la deposite en el Sistema de
          Registro de Actividades de Investigación (RAIS).

          Artículo 46
          El Candidato a Doctor o el estudiante de un Programa de Maestría que
          deje de inscribirse en el “Registro de Tesis de Posgrado” durante un año
          académico o más, será declarado en abandono del programa y perderá el
          derecho a continuar en el proceso de graduación. Los estudios realizados
          perderán vigencia para efectos de obtención del grado, pero se manten-
          drán como asignaturas cursadas que se pueden certificar como estudios
          de posgrado.



          2.8 Graduación en los Programas de Doctorado y Maestría

          Artículo 47
          Corresponde a la Secretaría General las coordinaciones para el registro del
          grado de Doctor y grado de Maestro en el RENATI o cualquier otro registro
          que se establezca normativamente.


          Artículo 48
          Independientemente del registro en el RENATI, la Universidad establece su
          propio Registro de Grados Doctorales y de Maestría otorgados, el cual se
          ubica en el Repositorio Institucional.


          Artículo 49
          Ceremonia de graduación
          La UNMSM realizará la ceremonia académica de graduación de sus Doc-
          tores y Maestros dos veces al año. La primera incluirá a los que hayan
          obtenido el grado entre diciembre del año anterior y junio del año en curso
          y se programará en el mes de julio. La segunda incluirá a los que hayan
          obtenido el grado entre julio y noviembre del año vigente y se programará
          en el mes de diciembre. La ceremonia se realizará de acuerdo al proto-
          colo universitario aprobado. De acuerdo al procedimiento respectivo, la
          organización y ejecución de la ceremonia será realizada por la DGEP con
          apoyo de otras dependencias del VRIP y de la Oficina General de Imagen
          Institucional.
   15   16   17   18   19   20   21   22   23   24   25