Page 23 - reglamento posgrado_MOD_04.09.18
P. 23

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO | 23

            3.3 Desarrollo de los Estudios de Doctorado

            Artículo 57
            El periodo de estudios de profundización de los Programas de Doctorado
            tiene una duración de dos semestres y hasta 40 créditos. El periodo de
            investigación tiene una duración de cuatro semestres y hasta 80 créditos.

            Artículo 58
            Las asignaturas de un Programa de Doctorado de la UNMSM, podrán ser
            cursadas en otros Programas de Doctorado de la Universidad como asig-
            naturas electivas de su plan de estudios. Para ello deberá especificarse
            en el respectivo plan de estudios del Programa de Doctorado, cuales son
            los programas y asignaturas específicas que pueden acogerse a esta po-
            sibilidad.

            Artículo 59
            Las asignaturas de un Programa de Doctorado de otra Universidad con la
            cual la UNMSM, mantenga un convenio específico de doctorados compar-
            tidos, podrán ser cursadas y consideradas por un Programa de Doctorado
            de la Universidad como asignaturas electivas de su plan de estudios. Para
            el  caso  deberá  especificarse en el  respectivo plan de  estudios del Pro-
            grama de Doctorado, cuales son los programas de otras Universidades y
            asignaturas específicas que pueden acogerse a esta posibilidad.

            Artículo 60
            Culminado el periodo de profundización, con la aprobación de todos los
            créditos de las asignaturas obligatorias y como requisito para matricularse
            en el periodo de investigación, el estudiante de doctorado deberá rendir y
            aprobar un examen de suficiencia doctoral investigadora que evalúa las ca-
            pacidades y competencias adquiridas durante el periodo de profundización
            y lo avala para continuar en el segundo periodo del plan de estudios como
            Candidato a Doctor.


            Artículo 61
            Durante el primer semestre del periodo de investigación, el Candidato a
            Doctor debe elaborar su proyecto de investigación para la tesis, según la
            estructura especificada. El proyecto deberá ingresarse en el Registro de
            Actividades de Investigación (RAIS) una vez aprobado. Desde el registro
   18   19   20   21   22   23   24   25   26   27   28