Page 27 - reglamento posgrado_MOD_04.09.18
P. 27
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO | 27
Artículo 74
Si la tesis es desaprobada por el jurado, la UPG otorgará el plazo de un
semestre académico al Candidato a grado de Doctor para reformular su
tesis e iniciar el proceso para una nueva sustentación. El candidato que
desapruebe en una segunda sustentación perderá la condición de estu-
diante de posgrado.
Artículo 75
Todas las tesis y trabajos sustentados y aprobados constituyen publica-
ciones oficiales de la Universidad y corresponde su depósito obligatorio en
el Repositorio Institucional, donde estarán disponibles en acceso abierto,
bajo una licencia Creative Commons definida por la Universidad. Todas las
tesis deben incluir la cesión de derechos a nombre de la Universidad. Las
excepciones a la disponibilidad en acceso abierto se indican en el procedi-
miento respectivo, según la política editorial de la UNMSM.
Artículo 76
Aprobada la tesis doctoral y depositada en el Repositorio Institucional, el
candidato a Doctor iniciará el trámite para el otorgamiento de grado de
Doctor en la mención indicada en su Programa Doctoral, de acuerdo al
procedimiento respectivo.
Artículo 77
La Secretaría General y otras dependencias de la Universidad tienen acce-
so virtual a las certificaciones y documentos aceptados por la UPG y que
demuestran el cumplimiento de los requisitos académicos del Programa
de Doctorado.
CAPÍTULO IV.
NORMAS ESPECÍFICAS DE PROGRAMAS DE MAESTRÍA
Artículo 78
Los estudios de Maestría conducen a un grado avanzado de profundiza-
ción disciplinaria, que se orienta a la investigación y docencia, o a un desa-
rrollo profesional de alto nivel. La obtención del grado implica presentar y
aprobar una tesis, que debe ser preferentemente parte de las investigacio-
nes de un Grupo de Investigación de la Universidad.