Page 29 - reglamento posgrado_MOD_04.09.18
P. 29
REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO | 29
Artículo 83
Traslado a Programas de Maestría de Investigación
El traslado a un Programa de Maestría de Investigación de la Universidad
solo será posible desde otro Programa de Maestría de investigación acre-
ditado, sea este de la propia Universidad o de una Universidad distinta.
El traslado de un Programa de Maestría Profesional a una Maestría de
Investigación se puede realizar si se completan los créditos de la Maestría
de Investigación y se sustenta una tesis de investigación. Los procesos de
traslado interno y traslado externo nacional o internacional, serán regula-
dos por un reglamento específico.
Artículo 84
Convalidaciones
Se admite en los Programas de Maestría de Investigación y Profesional, la
convalidación de asignaturas cursadas originalmente en otros Programas
de Maestría de Investigación, así como en Programas de Maestrías impar-
tidas por universidades licenciadas y de reconocido prestigio académico.
Excepcionalmente, en el caso de Maestrías del área de Ciencias de la Sa-
lud, se admite la convalidación de asignaturas cursadas en Programas de
Segunda Especialidad de la misma área, los que deberán tener la equiva-
lencia respectiva, sin que esto disminuya las otras condiciones estipuladas
para los estudios de maestría de investigación.
4.1.3 Desarrollo de los Estudios de Maestría de Investigación
Artículo 85
Los estudios de Maestría de Investigación se desarrollan en un mínimo de
cuatro semestres y un mínimo de 72 créditos, preferentemente de modo
presencial. El plan de estudios se divide en dos periodos, el primero de
profundización con una duración de un semestre, que consiste en estudios
disciplinarios. El segundo periodo es de investigación requerida para el
desarrollo de la tesis, con una duración de tres semestres.
Durante estos estudios, por su naturaleza, no puede cursarse simultánea-
mente estudios en otro de los Programas de Posgrado de la UNMSM.