Page 12 - Manual_Controlador de Accesos
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✓  Llamadas  particulares  sólo  en  casos  de  urgencia  o  debidamente  calificados,

                      breves, puntuales y registradas en los libros de novedades.

                  ✓  El uso del teléfono de la comunidad para llamadas de carácter social-personal,

                      está estrictamente prohibido.

                  ✓  Esta misma norma rige para los copropietarios o arrendatarios y sus familiares
                      o personal de servicio dependiente (Asesoras del hogar), que no cuenten con

                      su propio teléfono.

                  ✓  Las excepciones solo podrán ser autorizadas por la empresa.



           RECEPCIÓN DE LLAMADAS:


                  ✓  Contestar identificando el edificio y saludando.

                  ✓  Si es requerido, se identificará con su cargo.

                  ✓  Por  razones  de  privacidad  y  protección  de  datos,  no  es  conveniente  dar  el

                      nombre.  Al  terminar  la  llamada,  debe  despedirse  formalmente.  Por  ningún

                      motivo deben usarse términos como “chao" o "chaíto" ni términos de jerga.

                  ✓  Cuando la persona que llama, solicite la ubicación de una persona que no se
                      encuentre en la portería o conserjería, es necesario advertirle sobre el tiempo

                      que tomará este trámite y sugerirle que vuelva a llamar dentro de unos minutos
                      más.


                  ✓  Si la persona solicitada no se encuentra, quien recibe la llamada debe anotar
                      el mensaje y asegurarse que dicha persona lo reciba.

                  ✓  Por razones de privacidad y protección de datos, el personal debe abstenerse

                      de entregar información relativa al edificio, en especial la siguiente:

                         o  Cantidad de personal, sus nombres y sus horarios.

                         o  Características del edificio.


                         o  Nombres  de  los  miembros  responsables,  del  Administrador,  o  de
                             copropietarios, arrendatarios, sus familiares y dependientes.







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