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Centro Nacional de Equidad de
Género y Salud Reproductiva
En septiembre del 2003, la Secretaría de
Salud fusionó la Dirección General de
Salud Reproductiva y el Programa Mujer y
Salud para constituir el Centro Nacional de
Equidad de Género y Salud Reproductiva
(CNEGSR) —desconcentrado de la SS y
con autonomía financiera y jurídica—
como el órgano rector en estas materias.
Al retomar los ejes centrales de los
programas de Salud Materna y Perinatal,
Salud Reproductiva, y Mujer y Salud, se
buscó unificar esfuerzos para contar con
una estructura más eficiente, con el fin de
integrar áreas operativas que hasta
entonces estuvieron desvinculadas. Entre
las atribuciones del CNEGSR, se destacan
las siguientes:
• Proponer políticas nacionales en
materia de salud reproductiva,
incluyendo planificación familiar,
cáncer cérvico-uterino y mamario,
de atención materno-infantil, de
salud perinatal, de equidad de
género, y de prevención y atención
de la violencia familiar, sexual y
Foto: Archivo Dirección de Desarrollo Comunitario/ CNEGSR contra las mujeres, como un
problema de salud pública, y evaluar
su impacto.
• Proponer modificaciones al marco jurídico con el propósito de eliminar toda forma de discriminación por
razones de género, así como combatir la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. y garantizar el respeto
a los derechos sexuales y reproductivos.
• Elaborar y expedir normas oficiales mexicanas en el ámbito de su competencia y vigilar su cumplimiento.
• Fungir como Secretariado Técnico del Comité Nacional del Programa de Acción APV y del Consorcio Mujer y
Salud, coordinar las actividades del Grupo Interinstitucional de Salud Reproductiva, y participar en el Consejo
Nacional de Población y en la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de las Mujeres.
• Coordinar, supervisar y evaluar la calidad de la prestación de los servicios de salud en todo lo referente a las
materias de su competencia.
• Definir, con la colaboración de las demás unidades administrativas de la Secretaría, la instrumentación de
acciones que permitan incorporar la perspectiva de género en todas las actividades públicas del Sistema
Nacional de Salud, incluidas la planeación, programación, presupuestación y prestación integral de servicios
de salud.
• Promover, coordinar y, en su caso, efectuar investigación y desarrollo tecnológico en relación con los temas
del ámbito de su competencia, en coordinación con las demás unidades administrativas competentes.
Cuarenta años de estudio y de políticas
47 públicas sobre las defunciones
maternas en México
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