Page 54 - 2012_10.1
P. 54
La aplicación del Convenio debería de proporcionar mayores elementos para el estudio de las defunciones maternas
y de la atención de mujeres en mayor riesgo, al definir la emergencia obstétrica del embarazo, parto y puerperio, como
el estado nosológico que pone en peligro la vida de la mujer durante la etapa grávido-puerperal o del producto de la
concepción, con necesidad de atención médica o quirúrgica inmediata por personal médico calificado, adscrito a
hospitales con capacidad resolutiva suficiente para atender la patología presentada. También se definen las entidades
generadoras de emergencia obstétrica derivadas de complicaciones durante el embarazo, el parto y el puerperio. Las
patologías son agrupadas en cinco apartados:
A. En cualquier momento del embarazo o el puerperio.
B. Primera mitad del embarazo.
C. Segunda mitad del embarazo con o sin trabajo de parto.
D. Complicaciones posteriores al evento obstétrico o quirúrgico.
E. Otra patología médica u obstétrica aguda o crónica que comprometa la vida de la madre o del producto de la
concepción y que requiere recibir atención de emergencia (inmediata).
Seguramente, en un futuro inmediato, el análisis de la información del convenio dará orientación sobre estas patologías
y sugerirá estrategias para reducir las defunciones maternas por estas causas.
En 2010 se efectuó la Actualización del Comité Nacional del Programa de Acción APV en donde se ratificó el
viii
objetivo de su Comité Nacional: contribuir a una cobertura universal y de calidad en la atención a la mujer durante el
embarazo, parto y puerperio y la emergencia obstétrica, así como a una vigilancia adecuada de los niños y las niñas
desde su gestación hasta los 28 días de vida extrauterina. Lo anterior, mediante un estrecho seguimiento y evaluación
de las acciones que se instrumenten en el marco del citado programa, incluidas la promoción para el fortalecimiento
de la infraestructura física, recursos humanos y del abasto de los insumos respectivos para la atención obstétrica
óptima.
Finalmente, en los meses recientes, se implementó el Observatorio de Mortalidad Materna, con el apoyo técnico del
Grupo Interagencial de Naciones Unidas para la reducción de la mortalidad materna y coordinado por la Organización
Panamericana de la Salud, perteneciente a la Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), como una instancia
independiente conformada por personas, organizaciones civiles nacionales e internacionales, agencias y fundaciones
de cooperación técnica y financiera, e instituciones académicas, de investigación y de gobierno.
El Observatorio realiza, desde la sociedad civil, el monitoreo de los avances para mejorar la salud materna y reducir las
defunciones por causas maternas; es un espacio ciudadano, autónomo, con interlocución interinstitucional e
intersectorial.
Estos tres sucesos, en un futuro inmediato deberán de ser el parteaguas de la historia reciente del estudio de las
defunciones maternas, cuando propongan y formalicen acciones que pasen del estudio de las defunciones, a la
propuesta de estrategias preventivas, de orientación y promoción de la salud materna, además del ejercicio pleno de
los derechos humanos de las mujeres, en especial del derecho a la libre decisión y la demanda informada y oportuna
de servicios de salud con calidad, culturalmente adecuados para cada una de ellas.
viii Acuerdo Secretarial; DOF; 1 enero 2010.
Foto: Archivo Dirección de Desarrollo Comunitario/ CNEGSR
Género y Salud 2012
enero-Abril
en Cifras Volumen 10 50
Núm. 1
INTERIORES BOLETIN X.1.indd 50 25/07/12 11:44