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EL MARCO NORMATIVO DE LA ATENCIÓN OBSTÉTRICA DURANTE EL PARTO FISIOLÓGICO EN MÉXICO:
UN BREVE ANÁLISIS CRÍTICO
Análisis Comparativo de Normas
PBE 2 - Libre deambulación durante el trabajo de parto
PBE 3 – Posición elegida al momento de la expulsión
Recomendación de la NOM007 Vigilancia y atención Guía de implantación,
OMS: Cuidados durante (DOF 07-04-2016) amigable en el trabajo modelo de atención
el parto para una de parto en embarazo a mujeres durante
experiencia de parto de bajo riesgo el embarazo, parto y
positiva (2019) (GPC-IMSS-052-19) puerperio (DGPLADES)
Las mujeres que se Propiciar la Se recomienda la libre Acompaña a la mujer
encuentran en la fase deambulación movilidad y adopción en la deambulación y
latente del periodo alternada con reposo de la postura vertical penduleo, instruyendo
de dilatación y sus siempre y cuando el durante el trabajo de sobre el mismo (p. 73).
acompañantes deben establecimiento para la parto de mujeres sanas
disponer de salas atención médica (p. 18). Explica a la mujer las
de espera limpias y cuente con el espacio Se recomienda permitir diferentes posiciones
cómodas con espacio suficiente y seguro la libre adopción de que puede elegir
suficiente para que […] en tanto que no postura durante el durante el trabajo de
puedan caminar en ellas exista contraindicación nacimiento (incluyendo parto y el momento del
[…] (p. 56). médica (5.5.5). la posición vertical) nacimiento (p. 72).
Para las mujeres sin y a mujeres con y sin
con anestesia peridural, analgesia epidural (p. 23).
se recomienda alentar
la adopción de una
posición para dar a luz
que sea de su elección,
inclusive las posiciones
erguidas (p. 125 y p. 129).
La ingesta de líquidos y alimentos durante el parto a libre demanda de la mujer
es la cuarta práctica analizada en este estudio. Se trata de una intervención
recomendada por la MBE y se incluye dentro de las recomendaciones de la
OMS. En contraste, ninguno de los tres documentos normativos mexicanos
abarca la ingesta de alimentos dentro de las recomendaciones, limitándose en
los tres casos a incluir líquidos claros dentro de las prácticas promovidas (en la
GPC y la Guía) o simplemente permitidas (la NOM). La NOM es susceptible de
ser interpretada de manera aún más restrictiva, ya que se menciona "se puede
permitir la ingesta de líquidos", implicando que esa decisión de permitirlo o no
es opcional, sin especificar quién tiene la facultad de permitir esta práctica y de
acuerdo a qué criterios.
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