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Tema 3 – Oposiciones Trabajo Social. La Organización Territorial del Estado
marco de la Constitución española, el Estatuto de Autonomía de Aragón y la
legislación básica de régimen local. (Art.1 LALA)
ENTIDADES LOCALES ARAGONESAS
El municipio es la entidad local básica de Aragón, dotada de personalidad
jurídica, naturaleza territorial y autonomía para la gestión de sus intereses
peculiares.
Tienen, asimismo, la condición de entidades locales de Aragón:
las provincias,
las comarcas,
la entidad metropolitana de Zaragoza,
las mancomunidades de municipios,
las comunidades de villa y tierra, y
las entidades locales menores. (Art.2 LALA)
POTESTADES
En su calidad de Administraciones públicas corresponden a las entidades
locales aragonesas, dentro de la esfera de sus competencias, las potestades
y prerrogativas necesarias para su adecuada gestión y la elaboración y
desarrollo de políticas propias.
A los municipios y provincias corresponden las siguientes potestades:
La reglamentaria y la de autoorganización
La tributaria y la financiera
La de programación o planificación
La expropiatoria
La de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes
La de ejecución forzosa de sus actos y acuerdos,
La sancionadora
La de revisión de oficio de sus actos y acuerdos
Asimismo, gozan de las siguientes prerrogativas:
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