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Oposiciones Trabajo Social

                  derechos  y  obligaciones  en  cualquier  parte  del  territorio  del  Estado"  y  la

                  "igualdad  de  todos  los  españoles  en  el  ejercicio  de  los  derechos  y  en  el
                  cumplimiento de los deberes constitucionales".



                  Ley  Reguladora  de  Bases  de  Régimen  Local  de  1985,  viene  a  reforzar  la
                  aproximación de los Servicios Sociales al ciudadano y establece en su artículo

                  25.2.k.  que  el  municipio  ejercerá,  en  todo  caso,  competencias,  en  los
                  términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en

                  materia de prestación de los Servicios Sociales y de promoción y reinserción
                  social. Señala también, en su artículo 26.1.c, “la obligación de los municipios

                  con  población  superior  a  20.000  habitantes  a  otorgar  la  prestación  de
                  Servicios  Sociales”.  Y  por  otra  parte,  su  artículo  36  establece  que  “son

                  competencias propias de la Diputación la prestación de servicios públicos de
                  carácter supramunicipal, y en su caso supracomarcal”.




                  Se va configurando  un sistema de servicios sociales  de carácter público,
                  basado en derechos para todos los ciudadanos (universalidad) y un reparto

                  competencial  y  una  legislación  que  desarrolla  los  servicios  y  prestaciones.
                  Para lograr este sistema integrado se puso en marcha el Plan Concertado

                  para el desarrollo de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, que
                  surge en 1988 de mano del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de la

                  Dirección General de Acción social. Cada año se renueva el acuerdo en el que,
                  desde  su  primera  edición,  contempla,  entre  otras,  la  “Información,

                  orientación  y  valoración”  y  la  “Prevención  de  la  marginación  e  inserción
                  social” como prestaciones básicas refiriéndose a ella como “intervenciones

                  especializadas realizadas por equipos profesionales, dirigidas a personas y
                  colectivos  en  situaciones  de  riesgo  o  marginación  social,  con  el  objeto  de

                  prevenir marginaciones sociales y, en su caso, lograr la reinserción familiar y
                  social”.




                  No podemos dejar de tener referencia también a los principios rectores de la
                  Politíca Social y de Servicios Sociales de la Unión Europea de la que somos

                  Estado miembro. Así, surge la Carta Social Europea en Turín 1961,  en la
                  que  “  Los  Gobiernos  signatarios,  miembros  del  Consejo  de  Europa,



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