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Oposiciones Trabajo Social

                    Estado Español  en  17  Comunidades  Autónomas,  cada  una  con

                    competencias en el ámbito de los Servicios Sociales.


                    Otro punto importante a resaltar en la Constitución es su voluntad de
                    aproximar  los  Servicios  Sociales  al  ámbito  geográfico  donde  se

                    encuentran las necesidades. Así, atribuye la competencia exclusiva en
                    materia  de  asistencia  social  en  su  art.  148.1.20  a  las  Comunidades

                    Autónomas, cuyos Estatutos de Autonomía constituyen el marco jurídico
                    que  garantiza  los  derechos  de  los  ciudadanos  en  los  ámbitos

                    correspondientes.   En  este  marco  se  fueron  promulgando  las
                    respectivas Leyes       Autonómicas         de     Servicios      Sociales que

                    contemplan sus principios, actuaciones y prestaciones, promoviendo una
                    red  de  equipamientos  y  servicios,  que  han  supuesto  el  desarrollo  e

                    implantación de los Servicios Sociales en todo el territorio del Estado.
                    Fue a partir de 1982, cuando comienzan a aprobarse en las Comunidades

                    Autónomas las Leyes de Servicios Sociales.


                    Entre  los  años  1983  y  1985  se  dieron  las  primeras  transferencias  en
                    materia  de  servicios  sociales  a  las  Comunidades  Autónomas  y
                    aparecieron las primeras leyes en esta materia y se fueron sucediendo

                    las primeras Leyes de Servicios Sociales en las Comunidades Autónomas

                    hasta la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local de 1985. Las
                    Comunidades Autónomas han aprobado Leyes de Servicios Sociales,
                    cuyo  eje  central  es  la  organización  del  sistema  público  de  servicios

                    sociales, si bien como analizaremos en el siguiente apartado no existe

                    una definición unánime de Servicios Sociales.




                    Por  este  motivo  al  no  existir  una  Ley  Nacional  de  Servicios  Sociales

                    tomamos de referencia nuestra Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios
                    Sociales de Aragón.


                    El art. 3 de la Ley 5/2009 de 30 de Junio de Servicios Sociales de Aragón
                    establece: “El sistema de servicios sociales está integrado por el conjunto

                    de recursos, prestaciones, planes, programas, proyectos, equipamientos




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