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¿Cuáles son las formas de violencia política contra
las mujeres en razón de género? 23
Violencia Cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica.
psicológica Por ejemplo, negligencia, descuido reiterado, insultos, humi-
llaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparacio-
nes destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación
y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al
aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso
al suicidio.
Violencia física Cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuer-
za física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar
o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas, por ejem-
plo, tener un trato rudo.
Violencia Cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la
patrimonial víctima. Por ejemplo, la transformación, sustracción, des-
trucción, retención o distracción de objetos, documentos
personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recur-
sos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y
puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de
la víctima.
Violencia Toda acción u omisión que afecta la supervivencia econó-
económica mica de la víctima. Por ejemplo, limitaciones encaminadas
a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así Proceso Electoral 2020-2021
como la percepción de un salario menor por igual trabajo,
dentro de un mismo centro laboral.
Violencia sexual Cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexuali-
dad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, •
dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de
poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al 95
denigrarla y concebirla como objeto.
Delitos de violencia De conformidad con el decreto publicado el 13 de abril de
política contra las 2020 en el Diario Oficial de la Federación por el que se re-
mujeres en razón forman y adicionan diversas leyes, se consideran delitos
de género de violencia política contra las mujeres en razón de género las
conductas señaladas en el artículo 20 Bis de la Ley General
en Materia de Delitos Electorales:
23 Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, artículo 6.