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1. MARCO NORMATIVO BÁSICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN
DE RIESGOS LABORALES
Por ser la Ley de referencia obligada haremos mención a la Ley 31/95
de Prevención de Riesgos Laborales.
Esta Ley recoge las normas comunitarias más importantes en materia
de Seguridad Laboral, entre ellas, la Directiva Marco 89/391/CEE del 89, la
Directiva de Trabajadores Temporales 91/383/CEE, de 1991, la Directiva de
Maternidad 92/85/CEE de 1992 y la Directiva de Jóvenes 94/33/CEE, del 94.
Esta Ley no sólo contiene una serie de preceptos de carácter muy
general, sino la obligatoriedad para los/as gobernantes de desarrollarla a
través de reglamentos específicos, entre ellos, el Reglamento de Servicios de
Prevención.
Este Reglamento (Real Decreto 39/1997) presenta la pauta para la
planificación de la acción preventiva, así como para el diseño, funciones y
aptitudes de los distintos órganos de prevención que tiene que haber en las
empresas.
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