Page 10 - REVISTA PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO
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En la última declaración de renta o
Notificación de las actuaciones (art. 563, E.T.)
Deben efectuarse a la dirección de ingresos y patrimonio
informada
o mediante formato oficial de cambio
de dirección
Cuando no hubiere informado una
dirección
Se notifica a la que establezca la
administración mediante verificación
directa o de información oficial,
comercial
o bancaria
No haya sido posible establecer la Le será notificados por medio de la
direccion publicación en el portal de la web de la
DIAN
Si informó a través del RUT, la
dirección de correo eletrónico Todos los actos administrativos le será
notificados preferentemente a la misma
El anterior mapa conceptual plasma el tratamiento de las notificaciones según el artículo
563 del E.T., al contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante; las decisiones o
actos administrativos dentro de un proceso de determinación y discusión del tributo, pueden
ser notificados de manera física o electrónica a la dirección procesal. (Art. 564, E.T.)
Seguidamente, el artículo 565 E.T., dispone:
El edicto se fija en
lugar público por 10
días y debe
contener la parte
resolutiva del
respectivo acto
administrativo (art.
565, inc. 3)