Page 236 - MANUAL DE CODIFICACIÓN
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15.7.4. ADMISIÓN PARA CUIDADOS POSTPARTO TRAS UN PARTO EXTRAHOSPITALARIO

                  Cuando  el  parto  ocurre  fuera  del  hospital  (parto  extrahospitalario  o  extramuros)  y  la  madre
                  ingresa  para  cuidados  rutinarios  del  posparto  sin  que  se  observen  complicaciones,  se  debe
                  asignar como diagnóstico principal el código Z39.0 Contacto para atención y reconocimiento
                  médico de la madre inmediatamente después del parto. En el caso de que en el momento del
                  ingreso  existiese  alguna  complicación  postparto  o  surgiese  durante  el  mismo,  se  asignaría  el
                  código de complicación en lugar del código Z39.0.

                  En  el  caso  de  que  el  alumbramiento  (expulsión  de  la  placenta)  se  produzca  una  vez  que  la
                  paciente ha ingresado en el hospital se debe codificar como parto intrahospitalario.


                  15.7.5. SEPSIS PUERPERAL

                  Se debe asignar el código O85 Sepsis puerperal, junto a un código secundario para identificar el
                  agente  infeccioso  (B95-B97).  Por  ejemplo,  en  el  caso  de  una  infección  bacteriana  se  debe
                  asignar un código de las categorías B95-B96 Agentes bacterianos como causa de enfermedades
                  clasificadas  bajo  otro  concepto.  No  se  deben  asignar  para  la  sepsis  puerperal  códigos  de  la
                  categoría A40 Sepsis por estreptococo, ni de la A41 Otros tipos de sepsis. Si procede, utilice
                  códigos adicionales para identificar la sepsis grave (R65.2) y cualquier disfunción orgánica aguda
                  asociada.


                    Paciente con antecedente de cesárea sin complicaciones hace 7 días. Ingresa de urgencia con sepsis severa e
                     insuficiencia renal aguda secundaria a infección por estafilococo aureus de herida quirúrgica.

                           O85     Sepsis puerperal
                           O86.0    Infección de herida quirúrgica obstétrica
                           B95.61   Infección por Staphylococcus aureus sensible a meticilina como causa de enfermedades
                                  clasificadas bajo otro concepto

                           R65.20  Sepsis grave sin shock séptico

                           N17.9   Fallo renal agudo, no especificado



                  15.7.6. MIOCARDIOPATÍA PERIPARTO

                  El  código  O90.3  Miocardiopatía  periparto,  corresponde  a  la  miocardiopatía  asociada  al
                  embarazo  que  puede  diagnosticarse  en  el  tercer  trimestre  del  embarazo  y  continuar  su
                  progresión meses después del parto. Por esta razón, se conoce como miocardiopatía periparto.
                  Este  código  solo  debe  utilizarse  cuando  la  miocardiopatía  se  desarrolla  como  resultado  del
                  embarazo  en  una  mujer  que  no  tenía  cardiopatía  previa.  En  el  caso  de  una  paciente  con
                  enfermedad  cardiaca  preexistente  que  complica  el  embarazo,  parto  o  puerperio  se  deben
                  utilizar códigos de la subcategoría O99.4 Enfermedades del aparato circulatorio que complican
                  el embarazo, parto y puerperio.









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