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El interés práctico apunta a la necesidad de los grupos humanos de vivir formando parte del mundo, de
               vivir con y en el mundo y no de dominarlo, compartir con el ambiente para mantener su supervivencia.

               A diferencia del interés técnico, el interés práctico, no se refiere a: “¿qué puedo hacer?”, sino a: “¿qué
               debo hacer?” Para responder esto hace falta comprender el significado de la situación (y para ello hay
               que interactuar con la realidad) y llevar a cabo la acción “correcta” o buena (acción “práctica”) en un
               ambiente o realidad concreta y específica. Es decir, en el aquí y el ahora. Para comprender la realidad en
               una situación concreta y específica el sujeto cognoscente no la objetiviza, sino que, por el contrario, es
               necesario que se involucre con ella y en ella. Así por ejemplo, tal como hace el antropólogo cuando quiere
               conocer una cultura de un pueblo primitivo, en vez de situarse como un observador externo, imparcial,
               no contaminado, objetivo, se introduce en la comunidad en cuestión y vive en ella y con ellos, durante un
               determinado tiempo, comprometiéndose y experimentando en carne propia el género de vida propio de
               dicha  cultura.  De  este  modo,  se  subjetiviza  la  realidad  y  el  tipo  de  conocimiento  que  se  genera  es
               subjetivo, no objetivo.

               No se trata de una acción “sobre” un ambiente o realidad objetiva previamente, como en  el interés
               técnico,  sino  de  una  acción  “con”  el  ambiente  (físico  o  humano)  considerado  como  un  sujeto  en  la
               interacción, por lo que “la confianza por tanto, en la validez de la interpretación, depende del acuerdo
               con los demás respecto de su racionalidad y bondad, lo que exige la necesidad de un acuerdo, al menos
               entre  dos  sujetos  agentes”.  De  aquí  nace  la  idea  esencial  del  consenso,  para  la  interpretación  del
               significado.  Así  pues,  los  conceptos  claves  para  entender  el  interés  práctico  son  comprensión,
               interacción y consenso o negociación de significados, y también el concepto de deliberación o juicio
               práctico.
               La proyección de esta racionalidad práctica a los asuntos de la educación tiene como base la “interacción”
               entre personas en forma intencionada, en el sentido de que el mejoramiento o desarrollo de los sujetos
               implica el ejercicio continuo de la deliberación o juicio práctico para la interpretación del significado de
               las acciones. De este modo, como señala Grundy, si bien tanto las ciencias empírico-analíticas como las
               interpretativas “tienen que transformar la acción humana en algo distinto para estudiarla”, mientras las
               primeras se dedican a “estudiar la conducta, dividiendo la acción en pequeñas partes ‘manejables’ para
               experimentar con ellas y analizarlas, las ciencias interpretativas, en cambio, tratan la acción en un sentido
               mucho más global, como acción comunicativa, como interacción simbólica, la que se rige por normas
               obligatorias consensuadas, que definen las expectativas recíprocas respecto a las conductas de modo que
               puedan ser comprendidas y reconocidas por dos sujetos agentes a lo menos”.

               Por  ello,  las  teorías  en  este  tipo  de  conocimiento  informado  por  el  interés  práctico  constituyen
               interpretaciones consensuadas de significados respecto a una realidad en un contexto particular, para
               juzgar la razonabilidad de la acción en términos de su bondad (Ética o Moral) para los seres humanos.

               Esto implica una reflexión sobre los supuestos o significaciones de la acción misma, en el contexto o
               situación particular en que ésta ocurre. Por tanto, la teoría se valida por el juicio práctico o deliberación;
               supone un diálogo o interacción entre la teoría y la práctica en forma continua y no una relación de
               subordinación como en el tipo de conocimiento derivado del interés técnico. Así, las teorías en el campo
               de la educación no son predictivas, sino que deben ser completadas con la reflexión sobre la acción
               misma, en las circunstancias y contextos en que ésta ocurre. Se trata pues en este caso de un tipo de
               conocimiento histórico, idiosincrático y contextuado y que no pretende la generalización ni la predicción.

               Este tipo de racionalidad que genera el denominado paradigma práctico que conceptualiza la educación
               fundamentalmente  como  proceso  de  construcción  social,  en  que  si  bien  acepta  la  función  de
               reproducción  cultural  que  la  educación  tiene,  también  le  reconoce  una  función  de  transformación
               cultural  y  social.  Plantea  que  los  seres  humanos  nacen  y  se  desarrollan  en  el  seno  de  una  cultura
               determinada, con la cual interactúan permanentemente y que la educación debe proveer las condiciones






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