Page 105 - MANUAL DE PRESUPUESTO MUNICIPAL (1)
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artículo 364 de la Constitución y se dictan otras disposiciones en materia de endeudamiento;
Ley617 de 2000 por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto
Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de
1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas
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para la racionalización del gasto público nacional, y Ley 819 de 2003 por la cual se dictan
normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan
otras disposiciones.
En el presente Capítulo se explica la manera técnica de cómo hallar los indicadores de
responsabilidad fiscal en los entes territoriales.
9.1 Gastos de Funcionamiento Ley 617 de 2000
Para poder determinar el indicador de ley 617 de 2000, el primer paso a seguir es saber
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la categoría en la cual se encuentra el ente territorial para la vigencia en la que se pretende
saber este indicador; en segundo lugar la población del ente territorial certificada por el DANE;
en tercer lugar el Grado de Importancia económica según el DANE; en cuarto lugar el total de
Ingresos Corrientes de Libre Destinación “I.C.L.D” certificados por la Contraloría General de
la República o por el Contador General de la Nación o a falta de estos por el Alcalde o
Gobernador del ente territorial, recaudados efectivamente para la vigencia que se desea
establecer el indicador; por último el total de gastos de funcionamiento de la Administración
Central (Sin Concejo, Contraloría y Personería), de la vigencia para la cual se pretende
establecer el indicador. Se toma el total de los gastos de funcionamiento y se divide por los
Ingresos Corrientes de Libre destinación, se obtiene así el indicador de Ley 617 de 2000.
Ejemplo:
27 Ver Decreto Nacional 111 de 1996, ver el Artículo 30 de la Ley 1454 de 2011, ver Ley 1483 de 2011,
ver Ley 1593 de 2012.
28 Ley 617 de 2000, Artículo 2º.
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