Page 64 - 21 UNID COMPENDIO-CUARTA- Circulares interpretativas. Couche brillante 130 gr
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ESTANDAR DE ACREDITACIÓN PARA PRESTADORES DE SERVICIOS DE ESTERILIZACIÓN
RH 4.2 SE NÚMERO 13
Sobre si la Entidad, para evaluar el cumplimiento de esta característica, solo debe constatar sus
exigencias en el punto de verificación “Dirección o Gerencia del Prestador”.
La Entidad, para evaluar el cumplimiento de las características de los Estándares Generales de
Acreditación para Centros de Diálisis, deberá efectuar su constatación entrevistando tanto al
personal de la Dirección o Gerencia de Prestador, como al personal que realiza funciones clínicas
en las salas de procedimientos o similares.
ESTÁNDAR GENERAL DE ACREDITACIÓN PARA PRESTADORES DE SERVICIOS DE QUIMIOTERAPIA
GCL 1.1 NÚMERO 14
GCL 1.5 Sobre si son constatables las exigencias del segundo y tercer elementos medibles de estas
GCL 1.7 características, en el punto de verificación “Dirección o Gerencia del Prestador”. NUEVA
GCL 2.1 Se aclara que existe un error de transcripción en el texto del Estándar, al no estar las celdas
GCL 3.2 correspondientes debidamente achuradas y que por lo tanto no son constatables en el punto
REG 1.2 “Dirección o Gerencia” tales exigencias, sino solamente en el punto de verificación “Unidad de
REG 1.3 Quimioterapia”.
3. SUSTITÚYENSE, a contar de esta fecha, los textos de las instrucciones a las Entidades
Acreditadoras contenidos en las Circulares Interpretativas que a continuación se señalan, por las
instrucciones señaladas en el N°2 precedente de esta Circular, a saber:
a) De la Circular IP N° 8, de 19 de agosto de 2010;
b) De la Circular IP N°11, de 4 de abril de 2011;
c) De la Circular IP N°13, de 30 de junio de 201;
d) De la Circular IP N°15, de 30 de septiembre de 2011;
e) De la Circular IP N°16, de 26 de octubre de 2011;
f) De la Circular IP N°17, de 30 de diciembre de 2011;
g) De la Circular IP N°22, de 20 de septiembre de 2012;
h) De la Circular IP N°23, de 26 de octubre de 2012;
i) De la Circular IP N°24, de 16 de mayo de 2013;
j) De la Circular IP N°25, de 14 de agosto de 2013
k) De la Circular IP N°26, de 27 de septiembre de 2013;
l) De la Circular IP N°27, de 2 de diciembre de 2013;
m) De la Circular IP N°30, de 5 de junio de 2014;
n) De la Circular IP N°31, de 1° de julio de 2014;
o) De la Circular IP N°32, de 15 octubre de 2014;
p) De la Circular IP N°33, de 16 de diciembre de 2014;
q) De la Circular IP N°34, de 5 de enero de 2015;
r) De la Circular IP N°35, de 21 de agosto de 2015; y
s) De la Circular IP N°36, de 4 de mayo de 2016.
4. ACLÁRASE que la sustitución de los textos de las instrucciones a las Entidades Acreditadoras
contenidas en las circulares señaladas en el numeral anterior no significa la derogación de
tales instrucciones. EXCEPTÚANSE de lo anterior aquellas instrucciones e interpretaciones
que hayan sido expresamente derogadas en Circulares señaladas en el numeral anterior.
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