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DEBERES DE LOS EDUCADORES INFANTILES


                        Desarrollar estrategias para mantener el orden y la coherencia en su
                         actividad; exigir la presentación de las evaluaciones programadas y un
                         comportamiento adecuado durante las actividades internas o externas a las
                         clases, y evaluar cuando lo considere pertinente.
                        Guardar estricta reserva de toda información que llegue a su conocimiento
                         en razón de su empleo u oficio y que sea de naturaleza confidencial.
                        Favorecer los valores de la institución, fomentando la colaboración y críticas
                         constructivas que favorezcan el buen nombre de la misma.
                        Respetar al alumno. Nunca debe de humillarlos y debe de respetar a sus
                         alumnos como personas y no como individuos o simples números.



                      Ley 47 de 1946

                  Artículo 180:

                  El deber de registrar en el Ministerio de Educación los títulos profesionales
                  exigidos por la presente ley para desempeñar el cargo que ejerce o aspira el
                  ejercer.


                  Artículo 185

                  Obligación para todos los miembros del personal docente de las escuelas pre-
                  primarias, primarias y de educación secundaria presentarse al plantel donde
                  prestan sus servicios, ocho días antes de la iniciación de las clases, para ejecutar
                  trabajos preparatorios que se le indique.


                  Artículo 205:

                  El personal docente de los planteles oficiales de la Republica debe permanecer en
                  su puesto hasta que sea nombrado su reemplazo, en caso de no hacerlo será
                  considerado como abandono de puesto.


                  Artículo 230:


                  Los maestros deberán residir en la comunidad donde prestan su servicio, a fin de
                  que puedan dedicar parte del tiempo libre que le permitan sus labores para hacer
                  obra fecunda de cultura y civilización, particularmente en las comunidades rurales.








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