Page 7 - Manual de etica Docente
P. 7

ARTICULO 48. Aulas especializadas. Los Gobiernos
                                             Nacional, y de las entidades territoriales incorporarán en
                                             sus planes de desarrollo, programas de apoyo
                                             pedagógico que permitan cubrir la atención educativa a
                                             las personas con limitaciones




                  Imagen tomada de:
                  https://www.pinterest.com.mx/pin/343329
                  171566558729/
                                                     Grupos Étnicos


                  ARTICULO 55. Definición de etnoeducación. Se entiende por educación para
                  grupos étnicos la que se ofrece a grupos o comunidades que integran la
                  nacionalidad y que poseen una cultura, una lengua, unas tradiciones y unos fueros
                  propios y autóctonos.

                   Esta educación debe estar ligada al ambiente, al proceso productivo, al proceso
                  social y cultural, con el debido respeto de sus creencias y tradiciones
















                  Imagen tomada de: B1os-de-diversos-grupos-%C3%A9tnicos-y-el-pa%C3%ADs-en-manos-de-las-manos-
                  .html
                  EVALUACIÓN

                  ARTICULO 91. El alumno o educando. El alumno o educando es el centro del
                  proceso educativo y debe participar activamente en su propia formación integral.
                  El Proyecto Educativo Institucional reconocerá este carácter.













                                                                                                         7
   2   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12