Page 15 - ManualÉticaenEducaciónInfantil
P. 15
competencia, participarán en el diseño, ejecución y
evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la
buena marcha del respectivo establecimiento educativo.
ARTICULO 15. Definición de educación preescolar. La
educación preescolar corresponde a la ofrecida al niño para
su desarrollo integral en los aspectos biológico,
cognoscitivo, sicomotriz, socio-afectivo y espiritual, a través
de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas.
ARTICULO 16. Objetivos específicos de la educación
preescolar. Son objetivos específicos del nivel preescolar:
a) El conocimiento del propio cuerpo y de sus posibilidades
de acción, así como la adquisición de su identidad y
autonomía;
15