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10. Trabajo y descanso para transporte aéreo comercial con aviones
            10.5.7  Periodo de actividad de vuelo con diferentes horas de pre-
                   sentación para la tripulación de vuelo y la TCP
              Cuando la TCP requiera más tiempo que la tripulación de vuelo para
              las instrucciones prevuelo del mismo sector o serie de sectores:
               (1) El periodo de servicio en vuelo de la TCP puede extenderse por
                   la diferencia entre la presentación de la TCP y de la tripulación
                   de vuelo;
    Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
               (2) La diferencia máxima será de 1 hora;
               (3) El periodo máximo de actividad de vuelo de la TCP se calcula
                   desde la hora de presentación de la tripulación de vuelo; y

               (4) El  periodo  de  actividad  de  vuelo  se  inicia  a  la  hora  de  la
                   presentación de la TCP.

            10.5.8  Extensiones de la actividad de vuelo
               (1)     p ara                                   aclimatados,
                   sin descanso en vuelo
                   (i) Periodo máximo de actividad de vuelo (PMAV) para tripulantes
                      aclimatados con uso de extensiones sin descanso en vuelo.
                       (A)  PMAV puede extenderse como máximo 1 hora hasta 2
                           veces en un periodo de 7 días consecutivos. En este
                           caso:
                            • Tiempo     descanso       al
                             vuelo se incrementa en 2 horas; o
                            • Tiempo de descanso posterior al vuelo se incrementa
                             en 4 horas.
                       (B)        periodos        vuelo
                           consecutivos, el descanso adicional anterior y posterior
                           entre las dos operaciones, exigido en (A), se tomará
                           seguido;
                      (C)  La extensión de deberá planificar con antelación y se
                           limitará a un máximo de:
                            • 5 sectores cuando el período de actividad de vuelo no
                             coincide con la fase del ritmo circadiano de mínimo
                             rendimiento, o
                            •   sectores              vuelo
                                                                     Pág. 10.17
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