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de Consulta Comandante de Aeronave
de conformidad con M.A., subparte G (CAMO) para la aeronave
que opera; y
(f) Estar aprobado de conformidad con la parte 145 o suscribir un con-
trato con dicha organización. Si se trata de aeronaves motopro-
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pulsadas complejas utilizadas para operaciones comerciales espe-
cializadas o para operaciones de transporte aéreo comercial por
agentes distintos de las compañías aéreas con licencia en virtud del
Reglamento (CE) nº 1008/2008, o bien ATO comerciales, el opera-
Este Manual es propiedad del Bufete Aeroley. Está prohibida su difusión
dor deberá garantizar que:
(1) No se realice ningún vuelo, a menos que se cumplan las condicio-
nes definidas en la letra a)
(2) Las tareas asociadas con el mantenimiento de la aeronavegabili-
dad las realiza una organización de gestión del mantenimiento de
la aeronavegabilidad (CAMO). Si el operador no es una organiza-
ción de gestión del mantenimiento de la aeronavegabilidad apro-
bada, el operador formalizará un contrato por escrito con dicha
organización .
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(3) La organización de gestión del mantenimiento de la aeronavegabi-
lidad a que se hace referencia en el apartado 2 esté aprobada en
virtud de la Parte 145 para el mantenimiento de la aeronave y sus
componentes de instalación, o ha suscrito un contrato, con tales
organizaciones .
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(g) Si se trata de aeronaves motopropulsadas complejas no incluidas en
las letras e) o f), el propietario velará por que:
(1) No se realice ningún vuelo, a menos que se cumplan las condicio-
nes definidas en la letra a)
(2) Las tareas asociadas con el mantenimiento de la aeronavegabili-
dad las realiza una organización de gestión del mantenimiento de
la aeronavegabilidad (CAMO). Si el propietario no es una organi-
zación aprobada de gestión del mantenimiento de la aeronavega-
bilidad, el propietario formalizará un contrato por escrito con dicha
organización .
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(3) La organización de gestión del mantenimiento de la aeronavegabi-
lidad a que se hace referencia en el apartado 2 esté aprobada en
virtud de la Parte 145 para el mantenimiento de la aeronave y sus
componentes de instalación, o ha suscrito un contrato, con tales
organizaciones .
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(h) Si se trata de aeronaves distintas de las motopropulsadas com-
4. El tipo de contrato viene recogido en el punto M.A.708, letra c), de la Parte M.
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