Page 27 - Revista Judicial CSJ-Ica -Nelson Martin Pinedo Ob.
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Corte Superior de Justicia de Ica Revista Jurídica “Jus Liberabit Ica”
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Sentencia de 7 de septiembre de al procedimiento preestablecido, el
2004. Caso Tibi contra Ecuador) derecho de defensa, el derecho a la
pluralidad de instancias, el derecho
Por su parte, el Tribunal Constitucional, a la motivación de las resoluciones,
no se ha quedado atrás, recalcando en el derecho a los medios de prueba,
senda jurisprudencia, no sólo la el derecho a un proceso sin
definición, sino también la importancia, dilaciones indebidas, etc. La sola
alcances y hasta subtipos de debido inobservancia de cualquiera de estas
proceso. Precisando: reglas, como de otras que forman
parte del citado contenido,
El artículo 139°, inciso 3), de la convierte el proceso en irregular
Constitución establece como legitimando con ello el control
derecho de todo justiciable y constitucional. (Exp. EXP. N.°
principio de la función 04509-2011-PA/TC, fundamento
jurisdiccional la observancia del 3)
debido proceso. Dicho atributo, a
tenor de lo que establece nuestra Así, parecería ocioso redundar en
jurisprudencia, admite dos aquellas nociones fundamentales acerca
dimensiones; una formal o del debido proceso; no obstante, debe
procedimental y otra de carácter quedar claro que el presente trabajo no se
sustantivo o material. Mientras que encuentra circunscrito a ahondar sobre la
en la primera de las señaladas está dimensión sustantiva o material del
concebido como un derecho debido proceso, ni tampoco sobre los
continente que abarca diversas alcances in extensu del ámbito de
garantías y reglas que garantizan un vigencia de dicho principio-derecho, -
estándar de participación justa o puesto que únicamente nos interesa su
debida durante la secuela o presencia en el proceso judicial, y
desarrollo de todo tipo de específicamente en el proceso civil-; sino
procedimiento (sea este judicial, que lo que hemos elegido para servirnos y
administrativo, corporativo tal vez, desentrañar un poco algunos de
particular o de cualquier otra sus aspectos, es lo referente al debido
índole), en la segunda de sus proceso formal, que como bien lo resaltó
dimensiones exige que los el máximo intérprete de la Constitución,
pronunciamientos o resoluciones comprende un catálogo amplio de
con los que se pone término a todo derechos y/o principios como el de
tipo de proceso respondan a un legalidad -que a su vez incorpora al de
referente mínimo de justicia o vinculación y formalidad- y el derecho de
razonabilidad, determinado con defensa.
sujeción a su respeto por los
derechos y valores constitucionales. Las garantías formales del debido proceso
El debido proceso dentro de la permiten legitimar la contienda, dotarla
perspectiva formal, cuya afectación de un espectro inmanente de rectitud,
se invoca en el presente caso, imparcialidad y transparencia. Permiten el
comprende un repertorio de equilibrado y sano debate sobre las
derechos que forman parte de su diversas cuestiones de naturaleza fáctica,
contenido esencial, entre ellos, el probatoria y jurídica que pueden surgir en
derecho al juez natural, el derecho el transcurrir de la litis. Pero todas esas
“La Justicia es la reina de las virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad”