Page 27 - Controversia Territorial entre Venezuela y Guyana
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AUDIENCIA ANTE EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
                         (CIJ) CASO: CONTROVERSIA TERRITORIAL POR EL ESEQUIBO
                                                 (05 DE JUNIO DE 2018)


           En  fecha  05  de  junio  del  presente  año  la  Cancillería  venezolana  informó  mediante
            comunicado  la  notificación  practicada  por  la  Corte  Internacional  de  Justicia  (CIJ)  el  día
            04.06.2018 a las partes de la controversia territorial por el Esequibo sobre la celebración de
            la audiencia ante el Presidente de la CIJ a efectuarse el día 18.06.2018.
           Esta  audiencia  se  llevará  a  cabo  en  atención  a  lo  establecido  en  el  artículo  31  del
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            Reglamento  de  la  CIJ   y  su  finalidad  consiste  en  que  las  partes  de  manera  negociada
            acuerden detalles del proceso, tales como el idioma en que se desarrollará  –entre inglés o
            francés-  y  los  lapsos  procesales  o  fechas  en  los  que  se  realizarán  los  actos  del
            procedimiento contenidos en el Estatuto de la CIJ. La comparecencia de las partes ante esta
            fase  del  proceso  de  ninguna  manera  implica  la  aceptación  de  la  competencia  de  la  CIJ,
            inclusive en esta oportunidad Venezuela como demandada podrá exponer ante el Presidente
            de  la  CIJ  la  incompetencia  de  esta  instancia  para  conocer  la  controversia  alegando  los
            fundamentos de derecho que le asistan.

           De conformidad con el artículo 43 del Estatuto de la CIJ el primer acto procesal de la fase
            escrita  del  procedimiento  contencioso  será  la  presentación  de  la  “memoria”  por  la  parte
            demandante,  en  este  caso,  Guyana,  quien  deberá  exponer  de  manera  sucinta  los
            argumentos de hecho y derecho sobre los cuales fundamenta su petición, por lo que será el
            primer acto procesal a la que las partes deban convenir en fijar la fecha concreta.

           Si Venezuela sostuviera en su defensa la excepción preliminar de incompetencia de la CIJ
            para conocer el asunto, deberá presentarla por escrito ante el Secretario de la CIJ lo antes
            posible o a más tardar tres meses luego de la presentación de la memoria , por lo que la
                                                                                               3
            fijación  de  la  fecha  de  la  memoria  es  de  importancia  a  los  fines  de  determinar  la
            materialización de la posible estrategia venezolana.
           Es de destacar que la Cancillería de nuestro país en ninguna oportunidad ha hecho pública
            la información sobre la designación de los agentes que nos representarán ante la CIJ, ni el
            equipo técnico calificado que planificará las estrategias de la defensa venezolana.



            2  Artículo 31. “En todo asunto sometido a la Corte el Presidente se informará de la opinión que tengan cada
            una de las partes sobre las cuestiones de procedimiento. Los agentes de las partes serán convocados a este
            efecto por el Presidente lo antes posible después de que sean designados y ulteriormente siempre y cuando
            sea necesario.” Reglamento de la CIJ.
            3   Artículo  79  1.  “Cualquier  excepción  a  la  competencia  de  la  Corte  o  a  la  admisibilidad  de  la  solicitud,  o
            cualquier otra excepción sobre la cual el demandado pide que la Corte se pronuncie antes de continuar el
            procedimiento sobre el fondo, deberá ser presentada por escrito lo antes posible, y a más tardar en el plazo de
            tres meses a partir de la presentación de la memoria. Cualquier excepción opuesta por una parte que no sea el
            demandado  deberá  depositarse  dentro  del  plazo  fijado  para  el  depósito  del  primer  alegato  escrito  de  esa   Página27
            parte.” Reglamento de la CIJ.

                                              Cambiemos – Movimiento Ciudadano

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