Page 33 - Controversia Territorial entre Venezuela y Guyana
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NOTA INFORMATIVA #3 SOBRE LAS ACTUACIONES DE VENEZUELA Y GUYANA
ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA (CIJ) - CASO ESEQUIBO
(02 DE JULIO DE 2018)
ANTECEDENTES A CONSIDERAR
En fecha 30.01.2018, el Secretario General de las Naciones Unidas escogió el arreglo
judicial -Corte Internacional de Justicia (CIJ)- como medio de solución pacífica de la
controversia territorial entre Venezuela y Guyana.
En fecha 29.03.2018 Guyana solicitó formalmente el inicio de procedimiento contencioso
contra Venezuela a los fines de dirimir la controversia territorial por el Esequibo.
En fecha 04.06.2018 la CIJ notificó a Venezuela sobre la realización de la audiencia
convocada por el Presidente de la CIJ de conformidad con el artículo 31 del Reglamento
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de la CIJ, la fecha de la misma fue establecida para el día 18.06.2018, ello según
comunicado de la Cancillería venezolana de fecha 05.06.2018.
En fecha 18.06.2018 se celebró efectivamente ante la CIJ audiencia de conformidad con
el artículo 31 de su Reglamento, a la que asistieron los agentes de Guyana y Venezuela.
La defensa venezolana ante la CIJ estuvo basada en la “…decisión soberana de no
participar en el procedimiento que pretende incoar Guyana, por carecer la Corte
manifiestamente de jurisdicción sobre una acción planteada unilateralmente por el país
vecino, que no cuenta con el consentimiento de Venezuela.”
NUEVAS ACTUACIONES
I. COMUNICADO DE PRENSA DE LA CIJ: ORDEN DE LA CIJ MEDIANTE LA CUAL
FIJA LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE ALEGATOS ESCRITOS SOBRE LA
CUESTIÓN DE LA COMPETENCIA DEL TRIBUNAL:
En fecha 02.07.2018 fue publicado en la página oficial de la CIJ un comunicado de prensa
por el cual relata brevemente el desarrollo de la audiencia celebrada el 18.06.2018 ante
su instancia y la Orden de fecha 19.06.2018 que dictó la CIJ, de los cuales resaltan los
siguientes aspectos:
- Información referente al desarrollo de la audiencia del 18.06.2018:
i. “El Sr. Carl B. Greenidge, agente de Guyana, indicó que su Gobierno deseó tener
a su disposición un período de nueve meses para la preparación de su Memorial.
La Sra. Delcy Rodríguez Gómez, Vicepresidenta de Venezuela, declaró que su
Gobierno "Consideró que el Tribunal carecía manifiestamente de jurisdicción y
que había decidido no tomar parte en el proceso".
4 Artículo 31. “En todo asunto sometido a la Corte el Presidente se informará de la opinión que tengan cada una de las Página33
partes sobre las cuestiones de procedimiento. Los agentes de las partes serán convocados a este efecto por el Presidente
lo antes posible después de que sean designados y ulteriormente siempre y cuando sea necesario.” Reglamento de la CIJ.
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