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5.9.- LA DECLARACIÓN DE LOS
DERECHOS SOCIALES A LA LEY
FEDERAL DEL TRABAJO DE
1931.
La Ley Federal del Trabajo de 1931
reguló prácticamente todos los
aspectos principales del derecho
del trabajo: los individuales, los
colectivos, los administrativos y
los procesales. Concretamente se
ocupó del ámbito de aplicación de
la Ley, de la exclusión de las
relaciones entre el Estado y sus
servidores, de los sujetos de las
relaciones de trabajo, de las
fuentes supletorias, del contrato
individual de trabajo, del contrato
colectivo de trabajo, de las horas
de trabajo, de los descansos
legales, del salario, del salario
mínimo, del reglamento interior
de trabajo, del trabajo de las
mujeres, de las obligaciones de los
patrones y de los trabajadores, de
la modificación, suspensión,
rescisión y terminación de los
contratos de trabajo, de algunos
trabajos especiales, del contrato
de aprendizaje, de los sindicatos,
de las coaliciones, de las huelgas y
paros, de los riesgos
profesionales, de las
prescripciones, de las autoridades
del trabajo, tanto administrativas
como jurisdiccionales, de los
aspectos procesales ante las
juntas de conciliación y ante las
juntas de conciliación y arbitraje,
así como de las responsabilidades