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5.9.- LA DECLARACIÓN DE LOS
 DERECHOS SOCIALES A LA LEY
 FEDERAL DEL TRABAJO  DE

 1931.

 La Ley Federal del Trabajo de 1931

 reguló prácticamente todos los
 aspectos principales del derecho
 del trabajo: los individuales, los
 colectivos, los administrativos y

 los procesales. Concretamente se
 ocupó del ámbito de aplicación de
 la Ley, de la exclusión de las
 relaciones entre el Estado y sus
 servidores, de los sujetos de las

 relaciones de trabajo, de las
 fuentes supletorias, del contrato
 individual de trabajo, del contrato
 colectivo de trabajo, de las horas

 de trabajo, de los descansos
 legales, del salario, del salario
 mínimo, del reglamento interior
 de trabajo, del trabajo de las
 mujeres, de las obligaciones de los

 patrones y de los trabajadores, de
 la modificación, suspensión,
 rescisión y terminación de los
 contratos de trabajo, de algunos

 trabajos especiales, del contrato
 de aprendizaje, de los sindicatos,
 de las coaliciones, de las huelgas y
 paros, de los riesgos

 profesionales, de las
 prescripciones, de las autoridades
 del trabajo, tanto administrativas
 como jurisdiccionales, de los

 aspectos procesales ante las
 juntas de conciliación y ante las
 juntas de conciliación y arbitraje,
 así como de las responsabilidades
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