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considerado como de aplicación supletoria     o sobre parte de una concesión minera. Ac­
               y no un plazo máximo obligatorio. El contra­  tualmente, según el artículo  1668 del TUO,     <
               to de opción minera ,entre otros beneficios,   mediante el contrato  de cesión  minera  se
                                                                                                             u
               permite  una  etapa  de  transición  entre  la   ceden temporalmente todos los derechos       LU
                                                                                                             Q_
               exploración de una concesión minera y su      y obligaciones que corresponden al titular      LO
                                                                                                             LU
               posible adquisición en el futuro. En muchos   de una concesión a favor del cesionario.
                                                                                                       DERECHO
               casos, antes de adquirir una concesión, un                                              MINERO,
                                                                                                      AMBIENTAL
                                                                                                       Y DE LOS
               inversionista interesado necesitará realizar   Existen casos en los que es de interés del ce-   RECURSOS
               actividades  de  exploración  que  permitan   dente solo ceder los derechos para realizar   ENERGÉTICOS
               confirmar su  interés.  De  ser así,  necesita­  labores de exploración y que el cesionario
               rá  herramientas  legales  suficientes  para   no  pueda  realizar labores de  explotación.
               asegurar  la  adquisición  de tal  concesión,   Ello no sería posible de acuerdo a la actual
               siendo la herramienta adecuada el contrato    regulación de este contrato. En otros casos,
               de opción minera.                             es posible que el titular de actividades de
                                                                                                         LT)
                                                             explotación  sobre  una  concesión  minera
               Para cumplir con dicha función, el contrato   tenga interés en que un tercero explore  la   <
                                                                                                         Z
               de  opción  minera  deberá  mantenerse vi­    parte de la concesión que no explota man­   O
               gente durante toda la etapa de exploración,   teniendo  sus  derechos  a  explotar,  lo  cual   <
                                                                                                         z
               que puede durar fácilmente más de cinco       tampoco sería posible.
                                                                                                         LO
               años. Limitar la vigencia de este contrato a                                              LU
                                                                                                         £X
               cinco años genera una  innecesaria dificul­  c)   Otro aspecto a mejorar para  promover las   O
                                                                                                         l—
               tad  en  los casos que la exploración tenga   inversiones es el  vinculado a  la  limitación   z <
               una duración mayor.                           que tienen los extranjeros de poseer directa
                                                             o indirectamente recursos naturales dentro
               Por ello, consideramos como lo más conve­     de los 50 kilómetros de frontera establecida
               niente que el plazo regulado en el artículo   en el artículo 719 de la Constitución Política
               citado sea  uno de carácter supletorio, pu-   del Perú. Independientemente de analizar
               diendo  las  partes  libremente  puedan fijar   la  conveniencia  o  no de  dicha  limitación,
               un  plazo  mayor  o  menor  según  estimen    consideramos que debería estar regulado
               conveniente, así como su renovación.          el  procedimiento para obtener el  Decreto
                                                             Suprem o  que  autoriza  la  exoneración  a
           b)  También en materia de contratos mineros       dicha limitación.
               podría  regularse  la  posibilidad  de que  el
               contrato de cesión  minera  pueda  hacerse    Es  razonable que  la emisión  de dicho  De­
               solo respecto de determinadas actividades    creto  Suprem o  sea  un  acto  discrecional




               del contrato  definitivo,  pudiendo pactarse que  la opción  puede ser ejercitada indistintamente por cualquiera de
               las partes. El contrato de opción minera se celebrará por un plazo no mayor de cinco años, contado a partir de su   <
               suscripción".                                                                             u
                                                                                                         LU
                                                                                                         CL
           8.   "Artículo  166:  El concesionario  podrá  entregar  su  concesión  minera,  de  beneficio,  labor  general  o  transporte   LTI
                                                                                                         LU
               minero a tercero, percibiendo una compensación. El cesionario se sustituye por este contrato en todos los derechos
               y obligaciones que tiene el ceden te".
           9.   "Artículo  71:  En  cuanto  a  la propiedad,  los  extranjeros,  sean  personas naturales  o jurídicas,  están  en  la  misma   IÍ5
                                                                                                         co
               condición que los peruanos, sin que, en caso alguno, puedan invocar excepción ni protección diplomática.
                                                                                                         Co
               Sin  embargo,  dentro de  cincuenta  kilómetros  de  las  fronteras,  los extranjeros  no pueden  adquirir ni poseer,  por   £
                                                                                                         2
               título  alguno,  minas,  tierras,  bosques,  aguas,  combustibles  ni  fuentes  de  energía,  directa  ni  indirectamente,
               individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado, el derecho así adquirido. Se exceptúa   §
               el caso de necesidad pública expresamente declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros   Q
               conforme a ley".




                     C  o  m  e  n  t a  r i o  s     s  o  b  r e     m  e  d  i d  a  s     d  e     p  r o  m  o  c  i ó  n     a    l a    i n  d  u  s  t r i a     m  i n  e  r a
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