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VI. CONCLUSIONES guarda relación con la representación legal. La
capacidad procesal equivale a la capacidad de <
La noción de parte se atribuye específicamente ejercicio o de obrar del derecho sustantivo. La u
a dos: a los sujetos determinantes del desarrollo capacidad procesal encuentra relación con la LU
O.
del proceso: al demandante y demandado. representación voluntaria. IA
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LITIGIOS
Se puede advertir que la calidad de parte de A ningún sujeto de derecho se le puede privar PROCESALES
Y ARBITRALES
mandante o parte demandada las pueden asu de ser parte demandante o parte demandada
mir las mismas que intervinieron en el conflicto de un proceso. La falta de capacidad procesal o
o a través de sus representantes legales - para la incorrecta representación si puede ser cues
los que solo cuentan con capacidad para ser tionada y, u observada por el Juez en diferentes
parte del proceso- o por medio de sus represen momentos del proceso y por el demandado.
tantes voluntarios - para aquellos que cuentan
con capacidad procesal pero que por determi La Legitimidad para obrar constituye una condi
nados motivos no quieren o no pueden ejercer ción de la acción, es decir, es un requisito para un
sus derechos, obligaciones o cargas procesales pronunciamiento sobre el fondo. La legitimidad
por sí mismos- para obrar consiste en afirmar ser titular del de
recho que se invoca e imputar al demandado la
La capacidad con la que deben contar las partes exigencia de una obligación. Solo puede alegar
del proceso constituye un presupuesto procesal tener legitimidad para ser parte del proceso
más del proceso. La capacidad con la que deben aquel quien haya sido parte de la relación mate
contar las partes de un proceso se diferencia rial, salvo que la ley también se lo permita.
en la capacidad para ser parte del proceso y la
capacidad procesal. La legitimación para obrar se divide en la legi
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timidad para obrar ordinaria y legitimidad para —I
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La capacidad para ser parte del proceso equiva obrar extraordinaria. La legitimidad para obrar 2
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le a la capacidad jurídica de goce del derecho no tiene relación alguna con la figura de la re U
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civil. La capacidad para ser parte del proceso presentación ni con la capacidad. Z
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