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tributarias de los gobiernos locales' y 38 durante   suspender el procedimiento de ejecución coac­
                  el recurso de queja de la Ley 26979.         tiva  -  adicionalmente -: a)  Cuando  existiera  a
                                                               favor del interesado anticipos o pagos a cuenta
                  Para el caso de las obligaciones no tributarias, la   del mismo tributo, realizados en exceso, que no
                  Ley 26979 contiene en su artículo 16.1, una lista   se encuentren prescritos; b) Cuando lo disponga
                  de supuestos específicos en los cuales el Ejecutor   el Tribunal  Fiscal,  conforme a  lo dispuesto en
                  Coactivo debe -bajo responsabilidad- suspender   el  artículo  38  -Ley 26979-; c)  Cuando  se  haya
                  el  procedimiento: a)  La  deuda  haya  quedado   presentado, dentro de los plazos deLey, recurso
                  extinguida o la obligación haya sido cumplida; b)   impugnatorio  de  reclamación;  de  apelación
                  La deuda u obligación esté prescrita; c) La acción   ante la Municipalidad Provincial de ser el caso;
                  se  siga  contra  persona distinta  al  Obligado; d)   apelación  ante  el Tribunal  Fiscal  o  demanda
                  Se haya omitido la notificación al Obligado, del   contencioso administrativa que se encontrara
                  acto  administrativo que sirve de título  para  la   en trámite: y, d) Cuando se acredita que se ha
                  ejecución; e) Se encuentre en trámite o pendien­  cumplido con el pago de la obligación tributa­
                 te de vencimiento el plazo para la presentación   ria en cuestión ante otra Municipalidad que se
            Universidad  de  Lima  apelación,  revisión  o  demanda  contencioso-   el procedimiento de ejecución coactiva deberá
                  del  recurso administrativo de  reconsideración,
                                                               atribuye la misma competencia territorial.
                 administrativa  presentada  dentro  del  plazo
                                                               De forma común  los numerales  16.2 y 31.4 de
                                                               la  Ley 26979 establecen  que:  adicionalmente
                 establecido por Lev contra el acto administrativo
                 que sirve de título para la ejecución, o contra el
                 acto administrativo que determine la responsa­
                                                               suspenderse,  bajo  responsabilidad,  cuando
                                                               exista  mandato  emitido  por  el  Poder Judicial
                  bilidad solidaria en el supuesto contemplado en
            Facultad  de  Derecho  de  la   el artículo 18, numeral  18.3, de la Ley 26979; f)   judicial y/o medida cautelar o de la  puesta en
                                                               en el curso de un proceso de amparo o conten­
                  Exista convenio de liquidación judicial o extraju­
                                                               cioso administrativo, o cuando se dicte medida
                                                               cautelar dentro o fuera del proceso contencioso
                 dicial o acuerdo de acreedores, de conformidad
                                                               administrativo. En tales casos, la suspensión del
                 con  las  normas  legales  pertinentes  o cuando
                                                               procedimiento deberá producirse dentro del día
                 el Obligado haya sido declarado en quiebra; g)
                  Exista  resolución  concediendo  aplazamiento
                                                               hábil  siguiente  a  la  notificación  del  mandato
                 y/o fraccionamiento de pago; h) Cuando se trate
                 de  empresas  en  proceso  de  reestructuración
            por  alum nos  de  la   patrimonial  al  amparo de  lo  establecido en  la   conocimiento de  la  misma  por el  ejecutado o
                                                               por tercero encargado de la retención, en este
                                                               último caso, mediante escrito adjuntando copia
                 Ley 27809,Ley General  del  Sistema  Concursal,
                 o norma que la sustituya o reemplace, o se en­
                                                               del mandato o medida cautelar y sin perjuicio de
                                                               lo establecido en el artículo 23 de la Lev 26979
                 cuentren comprendidas dentro de los alcances
                                                               en lo referido a la demanda de revisión judicial.
                 del Decreto Ley 25604; e, i) Cuando se acredita
                 que se ha cumplido con el pago de la obligación
            Revista  editada   no tributaria en cuestión ante otra Municipalidad   El  Ejecutor contará  en  tales  casos  con  8  días
                                                               hábiles  para  pronunciarse  sobre el  pedido  de
                 que se atribuye la misma competencia territorial
                 por conflicto de límites.
                                                               suspensión del obligado en el caso del artículo
                                                               16 y 15 días hábiles para el caso de los supues­
                                                               tos del 31  de la  Ley 26979. En caso no lo haga
                 Para el  caso de obligaciones tributarias de los
                 gobiernos locales, el Ejecutor Coactivo deberá
                                                               dentro de dichos plazos, queda obligado a sus-
            132   1.   "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS:
            A D V O C A T U S    ( . . . )


                     QUINTA.- Suspensión del procedim iento coactivo.  En el procedim iento coactivo de los órganos de la Adm inistración
                     Tributaria distintos a los Gobiernos Locales, el Ejecutor procederá a la suspensión del procedim iento cuando dentro de
                     un proceso de acción de am paro exista m edida cautelar firm e".




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