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• Derecho a un medio ambiente lim pio y Expresamente encontramos que en nuestro
óptimo. país la protección de la persona humana des
• Los derechos conocidos como derechos del de el ordenamiento legal se da a partir de la
consumidor. Constitución del año 1979. No obstante, ya en
• Derecho al desarrollo que permita una vida la Constitución del año 1933 encontramos que
digna. la misma da algunas garantías en resguardo de
• Derecho al libre desarrollo de la personalidad. las'Mibertades de conciencia y creencia, prensa,
trabajo, comercio e industria". Además en su
Existe según algunos una Cuarta Generación de artículo 24 hacía mención de modo genérico
Derechos Humanos, sobre los cuales todavía no a que "nadie está obligado a hacer lo que la
hay unificación de conceptos, dado que algunos ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella
de éstos serían contrarios a la protección que no prohíbe"17. Pero la Constitución de 1933 no
otorgan los derechos de Primera Generación - protegía integral y unitariamente al ser humano.
posición que yo también comparto- o no serían Es decir, no se declaraba que el ser humano es
más que una derivación de los derechos de las el centro de la sociedad y el fin supremo de la
Revista editada por alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
tres generaciones antes señaladas. Así podemos misma, como sí lo hace la Constitución del año
citar como ejemplo de derecho que contra 1979 desde su primer artículo.
vendría a los derechos de Primera Generación,
el supuesto derecho a la libre disposición del A diferencia de la Constitución de 1933, la de
cuerpo. Esto daría pie a permitir la eutanasia, la 1979 da un importante avance en la protec
autoflagelación, el consumo de drogas o incluso ción de la persona y en otorgarle su verdadera
el aborto, los cuales van en absoluta contradic dimensión dentro de la sociedad y el Estado. De
ción con el derecho a la vida y a la integridad esta forma vemos que el Título I de la Constitu
física que tienen todos los seres humanos. ción de 1979 lleva por nombre"De los Derechos
y Deberes Fundamentales de la Persona"y desde
Por otro lado, podemos calificar como deriva su primer artículo donde se establece que "La
ción de los derechos antes señalados el derecho persona humana es el fin supremo de la socie
a la no manipulación genética que no es más dad y del Estado. Todos tienen la obligación de
que una derivación del derecho a la vida y a la respetarla y protegerla".
integridad personal.
Posteriormente la Constitución de 1993 con
Como dijera al principio, el tema de los Derechos serva gran parte de los derechos fundamenta
Humanos es un debate que aún no se encuentra les recogidos en la Constitución de 1979, pero
cerrado. Considero que los Derechos Humanos casi limitándose a hacer una enumeración de
tienen que sujetarse a los principios del Derecho los Derechos Humanos de Primera, Segunda
Natural, es decir toda persona adquiere estos de y Tercera Generación, aunque en esencia
rechos desde su concepción, siendo inherentes conserva en este punto el espíritu de la Carta
y fundamentales en la dignidad de la persona y Magna de 1979.
ningún ordenamiento positivo puede ir en contra
de ellos. Por lo tanto, la regulación positiva de los V. CONSIDERACIONES FINALES
Derechos Humanos debe tener en cuenta estos
principios y no pasar por encima de ellos. Es muy importante que nosotros como ciudada
nos conozcamos cuáles son nuestros derechos
IV. PROTECCIÓN DE LA PERSONA HUMANA elementales. Esto es indispensable para poder
128 CONSTITUCIONAL ejercerlos de manera plena y ser conscientes de
EN NUESTRO ORDENAMIENTO
ADVOCATUS 17. FERNANDEZ SESSAREGO, Carlos. Op. cit., p. 84
nuestras obligaciones con la sociedad.
206 J o s e f Z i e l i n s k i