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el  contrato  de  suministro  ha  sido  celebrado   cualquier caso, ¿cuál sería el sentido de adquirir   « c
            bajo exclusividad a favor del suministrado, ¿no   bienes  bajo  un  régimen  de exclusividad  para   z z
            resulta contradictorio que dicho suministrado   promocionar  su  venta  frente  a  terceros?,  ¿no   COK
                                                                                                             H -
            se  haya  obligado a  promover  la  venta  de  los   correspondería  ese  contenido  negocial  más
            bienes que tiene precisamente en exclusiva?  Y   bien a una distribución exclusiva?              OO
                                                                                                             o o
            es que si la exclusividad corresponde aun pacto
                                                                                                       AUTOR
            de no concurrencia con la competencia del su­  Estimo que, sin perjuicio de lo expresado por el   NACIONAL
            ministrado, ¿qué sentido tendría que el propio   profesor TORRES, resulta posible proponer una
            suministrado promueva que terceros -su com­  hipótesis adicional de trabajo.
            petencia- adquieran  los  bienes  que tiene  en
            exclusividad?, ¿ante qué clase de exclusividad   Conforme se ha expuesto precedentemente, el
            se está finalmente?  Pareciera  que en función   suministro es un contrato cuyo objeto material
            al  contenido del  pacto el  suministro adquiere   bien  puede  recaer  sobre  bienes  inciertos,  de
            caracteres  propios  de  la  distribución,  a  pesar   naturaleza fungible y, por lo general consumi­
            que se trata  de  negocios que corresponden  a   ble, bienes categorizables como insumos o de   CU
                                                                                                          E
            intereses  comerciales  de  distinta  naturaleza,   carácter intermedio, dado que el suministrado
                                                                                                          OJ
            conforme ya ha sido expuesto.                pretende  incorporarlos  sostenidamente  a  un   -O
                                                         proceso  de  producción.  Conforme  ha  sido    xs
                                                                                                          *3
            2.   Conforme  se  ha  expresado  en  un  inicio,   tratado,  no  es  que  todos  los  bienes  deban   ■o
                                                                                                          LO
            nuestra  literatura  jurídica  nacional  es,  por   presentar dichas características, pero tampoco   QJ
                                                                                                          >
            decirlo de alguna manera, muy concisa tratán­  pueden negarse.                                C
                                                                                                         3
            dose  del  análisis  del  contrato  de  suministro.                                          ju
            Tratándose  de  la  explicación  proporcionada   Se admite que el pacto de promoción de ven­  cu
                                                                                                         xs
            por ARIAS SCHREIBER a los alcances del artículo   ta  viene  a  ser  una  suerte  de "compensación"   o
                                                                                                         JZ
            en cuestión* 47 estimo que no contribuye signifi­  respecto  a  la  exclusividad,  de  manera  que  el   u
                                                                                                          cu
            cativamente a  dilucidar la cuestión.  TORRES48   suministrante  pueda  "colocar" -a  través  del   cu
                                                                                                         o
            más  bien  propone  interesantes  hipótesis  de   compromiso asumido por el suministrado- los   XS
                                                                                                          QJ
            trabajo  respecto  a  los  alcances  de  este  pac­  bienes que finalmente no son requeridos por el   XS
                                                                                                          CU
            to,  debiéndose  distinguir  si  con  relación  a  la   beneficiario de la exclusividad49,  Si bien dicha   "5
                                                                                                          CU
            "venta de los bienes"el suministrado actúa por   noción  colisiona  con  el  concepto  mismo  del   u
                                                                                                         U.
            cuenta, nombre y riesgo propio o más bien del   interés protegido por la exclusividad, conforme   —
                                                                                                          CU
            suministrante; en el  primer caso, el suministro   ya  ha  sido  manifestado,  creo  que  hay  cierto   XS
            sería  un  contrato  mixto,  con  elementos  del   aspecto que  puede  rescatarse: es  una  suerte   LO
                                                                                                          O
                                                                                                          c
            mandato,  agencia,  concesión,  etc.,  mientras   de "compensación".  Tomando dicha  idea y el   E
                                                                                                         ¿3
            que en el segundo caso se estaría frente a actos   contenido  de  algunos  negocios  apreciados   CU
            de representación.  La cuestión radica, en que   en  su  momento,  postulo  que  el  pacto  debe   O
                                                                                                          Q.
            de admitirse  que  el  negocio celebrado  no  es   entenderse en el sentido que el suministrado
                                                                                                          cu
                                                                                                         XS
            estrictamente  un  suministro  sino  un  contrato   debe promover la venta  de los bienes finales   cu
                                                                                                         *-<
            mixto, ¿corresponde que se regule ello o debería   o elaborados que contienen  los que han sido   XS
                                                                                                          CU
            quedar más bien librado a la autonomía privada,   suministrados  -insum os  e  interm edios-  en   cu
            dado que la realidad comercial demuestra una   su  momento,  de  manera  que  ello  derive  en   >
                                                                                                          CU
            presencia significativa de contratos atípicos?; en  un  incremento  de  su  demanda,  solicitando  cc
                                                                                                         f-
            47.  ARIAS SCHREIBER PEZET, Max. Op. Cit., pp. 194 y 195.                                    C
            48.  TORRES VÁSQUEZ,  Aníbal.  Comentario al artículo  1618 del Código Civil,  en:  Código Civil comentado por los  100   ^
                mejores especialistas, tomo VIII, Contratos Nominados -  Primera Parte, primera edición. Gaceta Jurídica S.A., Lima,   O
                2006, pp.  499 a 502.                                                                    §
                                                                                                         Q
            49.  MESSINEO, Francesco. Op. Cit., p. 153.                                                  <




             A l g u n a s   n o t a s   a   c o n s i d e r a r   p a r a   l a   l e c t u r a   d e l   C  ó d i g o   C i v i l   e n   m  a t e r i a   d e   S u m  i n i s t r o    2 0 9
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