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de la Ley las siguientes prohibiciones:      Al no haberse justificado en el proyecto de Ley la   «
                                                         necesidad de eliminar los alimentos que conten­
            (i)  generar  expectativas  referidas  a  que  su   gan grasas trans, consideramos que la medida   c a r
                                                                                                             H —
                ingesta proporcione sensación de superio­  menos costosa es la que tenemos actualmente
                ridad  o que su falta de ingesta  se perciba   en  los  artículos  antes  señalados  del  CPDC,   OOO
                                                                                                              OQ
                como una situación de inferioridad (inciso   pues traslada información a los consumidores,
                                                                                                       AUTOR
                d);                                      quienes sobre la  base de la  misma, elegirán si   NACIONAL
                                                         adquieren el producto o no.
            (ii)  indicar como  beneficios  de  su  ingesta  la
                obtención de fuerza, ganancia o pérdida de   En  efecto,  las obligaciones  contenidas  en  los
                peso, adquisición de estatus o popularidad   artículos 36° y 37° del CPDC son conocidas como
                (inciso e);                              "regulación para revelar información", la cual no
                                                         restringe la influencia de la elección individual
            (iii)  crear una sensación de urgencia o depen­  en el mercado como sí lo hacen muchos de los
                dencia por adquirir el alimento o la bebida   modelos regulatorios clásicos que busca dirigir   ro
                                                                                                          E
                no alcohólica, ni generar un sentimiento de   el comportamiento de los agentes económicos.
                inmediatez o exclusividad (inciso g).                                                     <u
                                                                                                         T3
                                                         Cuando  este  tip o   de  regulación  es  usada   "O
                                                                                                          ÍU
                                                                                                         ■O
            En  lo que respecta a  la eliminación  progresiva   para  propósitos  de  regulación  económica,  la
                                                                                                          l/l
            de alimentos con  contenidos  de grasas trans,   divulgación  típicamente contribuye a  que  los   OI
                                                                                                          >
            consideramos que esta  medida  es totalmente   compradores tomen decisiones mucho más in­     c
                                                                                                         3
            innecesaria pues el CPDC en sus artículos 36° y   formadas. De este modo, este tipo de regulación   _TO
            37° ya establecía las siguientes obligaciones a   no evita que los consumidores puedan adquirir   ai
                                                                                                         -o
            los proveedores de estos productos:          productos o que los agentes los produzcan, por   o
                                                                                                         -C
                                                         el contrario, exige revelar información (como es   u
                                                                                                          q j
                Artículo 36.- Etiquetado de grasas trans  que los productos consignen en sus etiquetas    ai
                                                                                                         O
                Cuando un alimento contenga  un tipo de   si sus productos contienen grasas trans o com­  ai
                                                                                                         TS
                grasa considerada trans debe advertirlo en   ponentes  genéticamente  modificados)  para   -o
                                                                                                          ro
                su etiqueta, así como su porcentaje.     que sean los consumidores quienes decidan si     +-•
                                                                                                          3
                Artículo 37.- Etiquetado de alimentos    adquieren el producto o no41.                    U
                                                                                                          <T3
                                                                                                         LL.
                genéticamente modificados
                Los alimentos que incorporen componen­   Lamentablemente, con esta Ley sobre la comida    O I
                                                                                                         T i
                tes  genéticam ente  modificados  deben   chatarra, nuestros legisladores decidieron orde­  l/l
                                                                                                          o
                                                                                                          c
                indicarlo en sus etiquetas.              nar la eliminación de los alimentos que contienen  E
                                                                                                          (O
                                                                                                          o
                                                                                                          a
                                                                                                          ro
            41.  BREYER sobre ia regulación para revelar información señala lo siguiente:'Y-.J hay una importante diferencia entre   XI
                                                                                                          ro
                los estándares para revelar información y los estándares comunes que buscan dirigir el comportamiento mismo de
                                                                                                         X
                los agentes. Cuando los estándares comunes prohíben o definen el tipo de producto que debe ser vendido o el proceso   ai
                                                                                                          ro
                que debe ser usado, interfieren con la elección del consumidor e impiden la flexibilidad del productor. Cuando dichos
                                                                                                          i/i
                estándares se desvían del "idealplaneado por los creadores de política pública" (como inevitablemente sucede), estas   >
                                                                                                          ai
                restricciones en la elección y la conducta resultan claramente indeseables. En cambio, los estándares que exigen revelar   CC
                información no restringen la conducta más allá de exigir que dicha información se brinde. La libertad de acción que
                permite la regulación para revelar información reduce notoriamente el costo de las desviaciones del "Ideal planeado
                por los creadores de política pública". En el peor de los casos se habría exigido que se revele demasiada información o   en
                una que es equivocada. Esto no evita que los compradores obtengan los productos, oque los productores los produzcan.   04
                Así, cuando los reguladores eligen establecer obligaciones de revelar información no necesitan elaborar estándares tan   §
                meticulosos.
                                                                                                         2
                En efecto, requieren menos información de la industria, hay menores problemas para la exigibilidad, hay menos riesgo
                                                                                                         §
                de daño a los competidores y hay una mayor probabilidad de superar la revisión judicial." (BREYER, Stephen. Op. cit.  Q
                pp. 26.)
            ¿ Y    c ó m  o    s e    c o m  e    l a    “ L e y    d e    C  o m  i d a    C  h a t a r r a " ?    A  n á l i s i s    d e    s u s    i n g r e d i e n t e s  303
   301   302   303   304   305   306   307   308   309   310   311