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mo impropio coincide con aquellos que aquí he que la única posibilidad de cerrados casos que
denominado solapado e inverso43. justifiquen el apartamiento del tránsfuga de
la bancada parlamentaria que corresponde al
Sin embargo, merece especial atención aque partido por el cual fue electo (transfuguismo
llo que el Profesor Landa llama transfuguismo legítimo), son los siguientes: (i) fusión, incorpo
legítimo44. Como se aprecia, para el Profesor ración o creación de nuevo partido; (¡i) cambio
Landa existiría una forma de transfuguismo sustancial o desvío reiterado del programa par
lícito, legítimo, amparado en la libertad ideoló tidario (transfuguismo inverso); (iii) persecución
gica y de asociación por parte del Congresista política del parlamentario por la dirección par
que se disocia de su partido y del grupo par tidaria, siempre y cuando los procesamientos
lamentario que aquel compone. Pero, ¿cómo disciplinarios del partido o grupo parlamenta
adm itir la licitud de una conducta que lesiona rio sean arbitrarios, contrarios a los principios
la voluntad popular?; ¿acaso deben primar los de razonabilidad y proporcionalidad y a las
derechos fundamentales a la libertad ideoló garantías del debido proceso. No admito, en
gica y de asociación de quien forma parte de este campo, las razones de cambio de ideología,
un partido político (verdadero depositario de puesto que si bien tal derecho del Congresista
la voluntad popular) versus la tutela de los es atendible, legítimo, válido; el mismo debe
principios constitucionales de democracia merecer su renuncia al cargo, mas no un su
representativa, representación proporcional y puesto de excepción de transfuguismo. Todos
del derecho fundamental (difuso) a elegir de estos supuestos de excepción que admitirían
los electores? un transfuguismo legítimo, claro está, merecen
una modificación reglamentaria para hacerlos
En mi concepto, concordando con la jurispru posibles. Y la vía es la regulación del régimen
dencia del Tribunal Superior Electoral y del de bancadas parlamentarias.
Supremo Tribunal Federal de Brasil, respecti
vamente, que además de concluir que el trans Finalmente, también considero que una regula
fuguismo lesiona los principios de democracia ción sólida que combata el transfuguismo debe
representativa, representación proporcional y abordar un conjunto de medidas concretas que
del derecho a la participación política de los permitan prevenir la ocurrencia de las conductas
ciudadanos (derecho al sufragio manifesta tránsfugas a nivel institucional desde el punto
do en la voluntad del electorado de elegir la de vista de las políticas públicas legislativas,
proporción de sus representantes); considero como son la eliminación del voto preferencial,
43. "(...) el transfuguismo legitimo es tutelable jurídicamente, dado el insalvable cambio de orientación ideológica del
representante -como el caso de Winston Churchill, miembro del partido liberal- antes de llegar a ser el líder del partido
conservador o de la pléyade de tránsfugas peruanos como Enrique Chirinos Soto que salió de AFRA -social democracia-
para pasar RENOVACIÓN -conservador-, A ello se añade también el cambio de la agrupación política en relación a su
programa doctrinario o electoral, lo que da lugar, usualmente, a la formación de nuevos partidos -como la aparición
del Partido Popular Cristiano (PPC) que se creó como desmembramiento de los tránsfugas de la Democracia Cristiana-
Corno consecuencia de este cambio ideológico se produce el cambio de bancada parlamentaria. Pero, en cualquiera
de esos casos, respetando el contenido de la libertad ideológica y de asociación, se debe desmotivar el fácil recurso del
cambio de bancada parlamentaria y/o parlamentaria, porque es dentro de las estructuras organizativas democráticas
de su agrupación política donde deberían resolver sus conflictos internos. De otro lado, se pueden establecer algunos
otros criterios dentro del Reglamento del Congreso, en materia de organización y funcionamiento parlamentario, a fin
de desalentar más no prohibir el transfuguismo legítimo, mediante el reforzamiento de las atribuciones de los grupos
parlamentarios en tanto expresión jurídica funcional de los partidos políticos en el Congreso (arts. 94° y 101° de la
Constitución) (...) Hay que distinguir entre el tránsfuga Impropio que rompe la disciplina de grupo en una votación
parlamentaria y, el tránsfuga propiamente dicho que habiendo sido elegido en las listas de un determinado partido se
pasa a otro conservando su escaño, por voluntad propia o por expulsión" (Ibíd., p. 219).
44. Ibíd., p. 224.
Transfuguismo: ¿Historia sin fin?Comentarios a un nuevo intento regulatorio en el Parlamento Peruano