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En  ese  sentido,  los  actos  consignados en "B"   los efectos del  proceso de amparo, de ningu­
                 y "C" del  gráfico supra  quedan  contaminados,   na  manera,  porque  la justicia  constitucional
                 afectados por el agravio a la Constitución que   tiene una competencia y poderes propios que
                 importa la comisión de la conducta signada en   vinculan  a  todos  los  poderes  del  Estado  que
                 «D"29  y,  como  consecuencia,  tales  actos "B" y   infrinjan  derechos  fundamentales.  Esa  es  su
                 "C" quedan invalidados no por una inconstitu­  razón — histórica— de ser: tutelar al ciudada­
                 cionalidad originaria sino sobreviniente a costa   no frente  a  arbitrariedades  cometidas  por  el
                 de la conducta tránsfuga. De allí que diga que   Estado o los particulares. Que la determinación
                 dichos actos  quedan contaminados  por dicha   de  afectación  de  derechos  fundam entales
                 conducta. Por tanto, declarar inconstitucional el   constituya, a  su  vez,  una  auténtica  infracción
                 acto "D"y, consecuentemente, anular los actos   a la Constitución,  es  absolutamente  cierto  y
                 "B"y"C"para retornar las cosas al estado ante­  propio del control jurídico (no político), pero,
                 rior a  la violación de los  principios y derechos   como ya he venido diciendo, esa es una peque­
                 fundamentales que el acto"D"habría generado,   ña coincidencia que se aleja inmediatamente
                 importa preservar el resultado de las elecciones   cuando analizamos la naturaleza y finalidades
           Universidad  de  Lima  cada partido político; es decir, preservar el acto   distintas al juicio político que conoce el Parla­
                                                              del proceso de amparo que son absolutamente
                 donde se determinó el número de escaños por
                                                               mento. Por tanto, no es un cruce o usurpación
                 "A"del gráfico supra. Por ello, en esta línea de ra­
                                                              de competencias del  Congreso  por parte del
                 zonamiento, los efectos del proceso de amparo
                                                              Juez  Constitucional  porque  el  primero tiene,
                 que aquí comento importarían el desafuero del
                 Congresista tránsfuga, pero como correlato de
                 la previa tutela directa del derecho fundamental   en  el juicio  político,  una  naturaleza  (control
                                                               político-jurídico) y agenda diferente: sancionar
           por  alum nos  de  la  Facultad  de  Derecho  de  la
                 a  la  participación  política  del  elector a  cargo   al infractor con la suspensión, destitución o con
                 del Juez Constitucional, sin consecuencias san-   la inhabilitación para ejercer cargo público en
                 cionadoras de inhabilitación, propias del juicio   el  futuro.  Es  más, considero que  la  sentencia
                 político y que son ajenas a su competencia.   que declare fundada una demanda de amparo
                                                               en los términos aquí contenidos en los incisos
                 Sin  em bargo,  intuyo  que  podría  surgir  la   1,  2  y  3  del  artículo  55  del  Código  Procesal
                 pregunta:  ¿afectaría  el principio de reserva de   Constitucional que he analizado líneas arriba,
                 competencia para determinar las  infracciones   podría  ordenar (conforme  lo faculta  el  inciso
                 a la Constitución cometidas por Parlamentarios   4  del  citado  artículo  5530)  que  el  Fiscal  de  la
                 que la Constitución le asigna al Poder Legisla­  Nación  actúe  conforme  a  sus  atribuciones31
                 tivo vía  el juicio político?  En  mi concepto,  por  ante  el  Congreso  de  la  República  contra  el




                 29.  Y es que el Congresista tránsfuga recibe una credencial en virtud de haber resultado electo por un determinado
           Revista  editada   transfuguismo, la credencial otorgada y el juramento al cargo se contaminan de la conducta tránsfuga, dado que
                     Partido  Político  y,  por  ello,  jura  al  cargo  integrando  determinada  bancada  parlamentaria.  Cuando  comete
                     constituyen licencias para ejercer -luego de cometido el transfuguismo- inválidamente el cargo por contrariar la
                     Constitución.
                 30.  Código Procesal Constitucional:
                     "Artículo 55.- Contenido de la Sentencia fundada
                     La  sentencia  que declara  fundada  la  demanda  de amparo  contendrá  alguno o  algunos  de los pronunciamientos
           129       siguientes:
                     (...)
           A D V O CA TU S   31.  Esto en vista que el inciso a) del artículo 89° del Reglamento del Congreso de la República señala que la denuncia
                     4) Orden y definición precisa de la conducta a cumplir con el fin de hacer efectiva la sentencia".

                     constitucional  se interpone a  pedido de parte, específicamente, cualquier Congresista, el Fiscal de la  Nación  o
                     cualquier persona directamente agraviada. No es un trámite de oficio. De allí que la sentencia podría contener la
                     orden al Fiscal de la Nación para que formule la denuncia constitucional.



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